Las compañías distribuidoras de energía eléctrica -a las cuales se deben "enganchar" las instalaciones de generación fotovoltaicas para vender su electricidad al sistema- tienen la obligación legal de colaborar con este proceso:
- Admitiendo la entrada en la red de esta energía en un punto accesible.
- Verificando la corrección técnica del suministro y de los mecanismos de lectura.
- y, finalmente, contratando con el titular de la instalación la "compra" de la energía.
Cada compañía eléctrica dispone de su modelo de contrato.