En la mayoría de los casos, no considera acreditado que el desistimiento no haya sido voluntario sino que se trata de circunstancias adversas consecuencia del riesgo empresarial asumido.
¿Qué sucede si el productor fotovoltaico solicita la cancelación de la solicitud del PREFO tras finalizar el cierre de la primera convocatoria en la que se presentó?
Son muchas las consultas recibidas por productores fotovoltaicos que están preocupados al no recibir noticias del MINETUR respecto a las devoluciones de los avales.
A pesar del «pseudo interés» de España de ser «independientes energéticamente», lo cierto es que si la potencia inscrita en el RAIPRE es inferior a la potencia inscrita en el PREFO el productor fotovoltaico se puede encontrar con serios problemas.
Son muchos los productores que por problemas en la evacuación de energía, o por cambios retroactivos imprevisibles prefirieron desistir en plazo de su inscripción en el PREFO.
Son muchos los avales que el Ministerio de Industria no ha procedido aún a devolver tras la moratoria del Real Decreto Ley 1/2012 por el que se paralizó el PREFO fotovoltaico.
A las instalaciones fotovoltaicas que presentaron solicitud de inscripción en el registro de preasignación en los tres meses anteriores a la moratoria no se les dará un régimen retributivo específico por haber rebasado la fotovoltaica sus objetivos.
El Ministerio de Industria castiga a los productores fotovoltaicos con la pérdida de los derechos adquiridos de la tarifa fotovoltaica del PREFO si la Eléctrica dificulta ó impide la conexión de la planta en plazo.
Desde el pasado mes de noviembre de 2011 los proyectos fotovoltaicos cuentan con 16 meses de plazo evitándo así tener que solicitar prórroga de hasta cuatro meses. Así se facilita la conexión a red de los proyectos inscritos en el PREFO.