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Embargo solar fotovoltaico internacional de España, antecedentes y consecuencias

2-5-23. Redacción SueloSolar
martes, 2 mayo 2023.
Redacción SueloSolar
Embargo solar fotovoltaico internacional de España, antecedentes y consecuencias
Repasamos la cronología de los hechos por los que se multiplican las condenas al país en los Tribunales internacionales, los motivos de su morosidad para indemnizar a inversores perjudicados de las renovables y sus secuelas.

Son vox populi los pleitos que afronta España por incumplir los laudos del Tratado de la Carta de la Energía, con creciente daño reputacional y aumento en la calificación del riesgo-país.

En todo este berenjenal el público no acaba de entender el porqué del panorama que está contagiando y dañando la confianza para la inversión en nuestro país, por cuanto es la propia seguridad jurídica la que está en entredicho y ello contamina afectando toda la estructura pública y privada del Estado.

Detallamos cronología de las diversas fases y circunstancias:

  • Prehistoria.
    • 1998: Régimen retributivo 2818/1998.
  • La Zanahoria. El nuevo sistema retributivo del régimen especial.
    • 2004. Aprobación del RD 436/2004, de 12 de marzo.
    • 2005. Campaña institucional para captar inversores y confirmación por CNE de la irretroactividad del RD.
  • Prerretroactividad. Sacando los pies del tiesto.
    • 2008. Nuevo Real Decreto 1578/2008.
  • El Palo.
    • 2009. Encaje de la retroactividad en el ordenamiento jurídico.
      • Pergeñando el Plan: Informe de la Abogacía del Estado.
      • Estrategia de desgaste previo: Campaña de difamación sobre el Fraude Fotovoltaico.
    • 2010. Reacciones:
      • Creación de la plataforma de afectados en España ANPER.
      • La UE y EE.UU. se muestran preocupados por la deriva de inseguridad jurídica en ciernes.
      • Publicado en BOE el Retroactivo Real Decreto-ley 14/2010.
  • Respuesta.
    • 2011. Inversores internacionales demandan indemnizaciones o eliminación de retroactividad.
  • Dos tazas, por si no quieres caldo.
    • 2012. Anuncio de nuevo impuesto sobre la producción de energía eléctrica para renovables del 7%
    • 2013. Nuevo recorte RETROACTIVO a la fotovoltaica española con actualización inferior al IPC.
  • Resta y sigue...
    • 2014. Nueva rentabilidad razonable de las renovables recorta retroactivamente sus ingresos en 1.700 millones de euros.
    • 2015. Parto del Real Decreto 900/2015, conocido popularmente como el Impuesto al Sol.
  • Fin de trayecto y cerrojazo para reclamaciones de españoles
    • 2016. El Tribunal Supremo sentencia que la retroactividad fotovoltaica no es inconstitucional.
  • Más allá de los Pirineos
    • 2017. El gobierno español estudia recurrir el laudo del CIADI sobre la retroactividad fotovoltaica.
    • 2018 Cambio de criterio e inicio de Complicidad. La CE advierte que laudos favorables a fotovoltaicos en arbitrajes intracomunitarios carecen de efecto legal.
  • Dorando la píldora en casa
    • 2018. "Sí y Pronto": la Ministra se compromete a solucionar situación de miles de familias atrapadas por recortes retributivos a renovables.
    • 2019.  Adaptación de parámetros retributivos que afectan al sistema eléctrico.
  • Donde dijo "digo" dice "Diego"
    • 2022. España anuncia su salida del Tratado de la Carta de la Energía.
    • 2023 El Europarlamento se desentiende de 62.000 familias que invirtieron en energía solar en España.
  • Karma '23...
    • Embargos de bienes y declaración de "default" para el Estado español.
  • Ahora
    • Petición de Comisión de Investigación Parlamento por fraude institucional a inversores en fotovoltaica

Prehistoria

Data de 1998 el Real Decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, referido a la normativa sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración.

Según indica el texto normativo en su exposición de motivos: "Para las instalaciones basadas en energías renovables y de residuos el incentivo establecido no tiene límite temporal debido a que se hace necesario internalizar sus beneficios medioambientales y a que, por sus especiales características y nivel tecnológico, sus mayores costes no les permite la competencia en un mercado libre."

Se establece una retribución inicial de 66 o 36 pesetas/kWh, dependiendo de que se trate de instalaciones menores o no de 5 kW; con revisión anual de la retribución.

La Zanahoria

Aprobado el RD 436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial. Tal como indica esta ley en su exposición de motivos, se hace: " para dotar a quienes han decidido o decidan en el futuro próximo apostar por el régimen especial de un marco regulatorio duradero, objetivo y transparente",  de tal forma que se fomentara el desarrollo de las energías renovables y de la cogeneración.

Para confirmar "sin género de dudas" el carácter del mencionado Real Decreto,  un particular cursa pregunta a la CNE sobre la retroactividad de las revisiones de la tarifa cuando se alcance en España una potencia instalada de 150 MW para este subgrupo, con respuesta absolutamente tranquilizadora por parte del Organismo: "cualquiera de las revisiones … serán de aplicación únicamente a las instalaciones que entren en funcionamiento con posterioridad a la fecha de entrada en vigor [1 de enero del segundo año posterior al año en que se haya efectuado la revisión] sin retroactividad sobre tarifas y primas anteriores

En 2005 en su campaña para Vender el sol (EL SOL PUEDE SER TUYO) el gubernamental Instituto de Diversificación y Ahorro Energético -IDAE- ya anuncia rentabilidades de hasta el 15% en sus folletos publicitarios.

Prerretroactividad

Con la promulgación del nuevo Real Decreto 1578/2008, se modificaron varios criterios administrativos que afectarón a los trámites para poner en marcha un proyecto de este tipo. Los principales cambios fueron:

  • Reducción de primas.
  • Cupos anuales limitados, divididos según tipo de instalación, que depende del lugar de ubicación de instalaciones entre suelo y tejado.
  • Creación del Registro de Preasignación de Retribución Fotovoltaica, de manera que todas las instalaciones deben inscribirse en este registro.

El Palo

Cobertura legal del plan

D. Eduardo Soler Tappa, Abogado del Estado  y Jefe en la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, partiendo del particular caso de las instalaciones de producción de energía eléctrica y de la modificación de su regulación acaecida en el año 2007, publica en la prestigiosa Editorial La LEY Informe legal en el que analiza la incidencia que una modificación normativa y su retroactividad puede tener en los supuestos en que se alteran o modifican derechos económicos reconocidos, así como sus implicaciones con el principio de seguridad jurídica. 

Concluye dicho análisis el letrado dictaminando que "se trata de una retroactividad impropia, en la que la norma incide sobre situaciones o relaciones jurídicas actuales no concluidas".

Estrategia de desgaste

Entre 2008 y 2010 el Estado pone en marcha campaña de difamación para desprestigiar el sector fotovoltaico a fin de crear y extender la opinión de que se trata de privilegiados que merecen expropiación.

Así, el Ministerio de Industria abre en 2008 la caza de brujas amenazando con promulgar nuevas normas que condenen a penas de prisión a los promotores solares que cometan Fraude, cuyo proyecto de Ley fue bien acogido -como no podía ser de otra manera- por parte de los productores, que no tenían nada que esconder, llegando incluso los impostados sospechosos a quejarse de la lentitud para aplicar dicho plan.

También la insistente calumnia de "la producción fotovoltaica nocturna" se revela falsa, sin consecuencias para los difamadores.

Las reacciones

En España:

Para agotar las sospechas de los anteriores indicios, los productores agrupados en SueloSolar cursan carta al entonces Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, preguntando si tienen decidido RECORTAR CON CARACTER RETROACTIVO las retribuciones fotovoltaicas, otorgando elocuente respuesta por callada.

Así, el 10 de junio de 2010 se crea la plataforma de afectados en España ANPER -Asociación Nacional de Productores de Energía Renovable-, que llegará a convocar diversas movilizaciones: recogida de firmas, manifestaciones y posterior promoción de la denuncia colectiva a través de la Plataforma Legal Fotovoltaica.

En el extranjero:

Tanto la UE, como EE.UU. se muestran preocupados por la deriva de inseguridad jurídica en ciernes y emiten sendos comunicados.

EL GORDO

Inexorablemente, es convalidado y publicado en BOE el Retroactivo Real Decreto-ley 14/2010, conocido como "Herodes" por su vocación de exterminio hacia las instalaciones de corta vida.

La respuesta

Inversores internacionales demandan al Gobierno de España por imponer medidas retroactivas al sector fotovoltaico. Amparándose en tratados internacionales reclaman indemnizaciones o la eliminación de cambios retroactivos en la regulación española.

De tal forma 14 Fondos de Inversión extranjeros inician un arbitraje contra España por los cambios ILEGALES en la tarifa fotovoltaica.

Dos tazas, si no quieres caldo

El gobierno no se arredra en su cruzada contra las renovables y en 2012 anuncia nuevo impuesto sobre la producción de energía eléctrica para renovables del 7%.

Y para 2013, nuevo recorte retroactivo con actualización de tarifas inferior al IPC recogida por la Orden IET/221/2013, de 14 de febrero,

Resta y sigue

En 2014 la nueva rentabilidad razonable de las renovables recorta retroactivamente sus ingresos en 1.700 millones de euros. La falta de seguridad jurídica propicia la fuga de capitales de profesionales e inversores a otros Países más serios y justos.

2015 alumbra el parto del Real Decreto 900/2015 impulsado por parte interesada, el director de Prospectiva Regulatoria de Iberdrola, Gonzalo Sáenz de Miera. El mundialmente conocido Impuesto al Sol marca España.

Este ingenio de legilación creativa gravaba la propia producción de autoconsumo en concepto de peaje de respaldo por mor de contar con disponibilidad -se utilizase o no- de la red eléctrica y para contribuir a su sostenimiento. De igual forma que utilizar el Astro Rey o el viento para secar la ropa puedan devengar obligación de tributar al Estado.

Ciértamente su finalidad era desincentivar el uso de renovables para evitar pérdidas y fugas del oligopolio energético fáctico. Con multas -avaladas por sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo- desde los 600.000 euros hasta los seis millones de euros; y todo ello en un clima de amenazas para incluso entrar en los domicilios para la persecución del delito.

Por requerimiento de la UE dicho engendro fue felizmente derogado en 2018, si bien dejando la huella de arbitrariedad e inseguridad en el imaginario colectivo, a la vez que hundiendo una industria que fue vanguardista y desincentivando la formación profesional de jóvenes en el ámbito de las ora clave energías renovables.

Fin de trayecto y cerrojazo

Para reclamaciones de españoles las más altas instancias judiciales barran todo intento de reclamación:

En 2015 el Tribunal Constitucional desestima el recurso de inconstitucionalidad promovido contra el nuevo marco retributivo de renovables , validando los principios del nuevo marco retributivo para las energías renovables que han sido desarrollados por el Gobierno como parte de la reforma eléctrica.

Y en 2016 el Tribunal Supremo dicta Auto sentando que la retroactividad fotovoltaica no es inconstitucional en España.

Más allá de los Pirineos

Sin embargo, fuera del cortijo no todo el monte es orégano y ante la adversidad, en 2017 el gobierno español con los dineros de todos -incluidos expropiados- no repara en millonarios gastos jurídicos para estudio de recurso contra el laudo del CIADI sobre la retroactividad fotovoltaica.

Tras la anterior de cal, en 2018 llega la de arena, con el radical cambio de criterio e inicio de una relación de complicidad por parte de la CE, que advierte sobre el reconocimiento de los laudos favorables a fotovoltaicos en arbitrajes intracomunitarios, que en la Unión Europea carecen de efecto legal. Y ello, tras perder cuatro laudos el Gobierno español.

Dorando la píldora en casa

Con el advenimiento del PSOE al nuevo gobierno, y al igual que sus predecesores, todo son buenas palabras y palmaditas en la espalda.

En Fórum Europa 2018 Teresa Ribera, ministra de Transición Ecológica, responde "Sí y Pronto", comprometiéndose a solucionar la situación de miles de familias atrapadas por recortes retributivos a renovables.

Ya en 2019, a cambio de poner fin a los procedimientos judiciales existentes, el Real Decreto- ley  da la opción -ultimátum-  para que los inversores afectados por la retroactividad mantengan una rentabilidad razonable por sus instalaciones del 7,398% hasta 2031; pero solo en el caso de que desistan de mantener abiertos los procesos arbitrales o judiciales en curso.

Donde dijo "digo" dice "Diego"

España anuncia en 2022 su salida del Tratado de la Carta de la Energía que suscribió en Lisboa, el 17 de diciembre de 1994. Se da la circunstancia de que, en palabras de Wikipedia "España es el estado que más demandas ha recibido en virtud del Tratado de la Carta de la Energía, acumulando 47 del total de 128 demandas presentadas en los estados firmantes. La primera llegó en 2011 y desde entonces se han disparado las demandas a España debido a los recortes en las ayudas a las energías renovables."

En esa misma línea de desentenderse del problema, en 2023 la Comisión Europea responde por escrito a pregunta parlamentaria sobre Compensación a los pioneros en las energías renovables del año 2007 que «el beneficiario de una ayuda estatal no puede, en principio, tener confianza legítima en la legalidad de la ayuda que no ha sido notificada a la Comisión». Desentendiéndose así de 62.000 familias que confiaron en el Estado español para invertir en renovables.

Karma '23...

Los acreedores extranjeros, Fondos de Inversión en su mayoría, trasladan el campo de batalla fuera de la UE, logrando que los altos Tribunales de diversos países, como Gran Bretaña, Australia o Estados Unidos, que si reconocen la autoridad de los laudos arbitrales del CIADI, inicien procedimientos que aseguren su cumplimiento.

En este año y ante la negativa a pagar se precipitan los embargos, tales que la sede y cuentas del Instituto Cervantes, la Oficina Comercial en Londres de la Generalitat también en Londres, las indemnizaciones pendientes del caso Prestige, el avión de uso presidencial Falcon...,

En un paso cualitativo, JP Morgan Chasse Manhattan Bank insta la declaración de "default" para el Estado español, calificando nuestra Deuda Pública como Bonos Basura, de lo cual nos venimos a enterar por Bloomberg.

Pero España sigue enrocada y contratando nuevos bufetes jurídicos, con más de 100 millones de euros dilapidados en gastos judiciales; y mientras, en el circo de casa le crecen los ENANOS...

Ahora

...sí, 65.000 PEQUEÑOS productores españoles asisten con estupor e indignación al agravio comparativo de un episodio donde el país moroso acabará pagando, con discrección y versión oficial edulcorada.

En casa los votantes en los próximos comicios ya están firmando la:

Petición de Comisión de Investigación Parlamento por fraude institucional a inversores en fotovoltaica

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