Tras perder el Gobierno español cuatro arbitrajes internacionales por los recortes a las renovables, la Unión Europea ha declarado que todos estos arbitrajes son ilegales.
En Hoja informativa de la Comisión Europea , muy aludida pero nada explicitada por los medios, el organismo proporciona orientación sobre la protección de las inversiones transfronterizas de la UE, en un resumen de auto preguntas y respuestas.
El documento de la CE, publicado el 19 de julio, expone como preámbulo el caso Achmea, referido a laudo de 2012 contra Eslovaquia y a favor de empresa de seguros de ese nombre, donde el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, en su sentencia de 6 de marzo de 2018 declara la no compatibilidad de arbitrajes de instituciones ajenas cuando los litigantes pertenecen a países miembros de la Comunidad.
A partir de dicho caso, expuesto a modo introductorio , la comunicación ilustra sobre las nulas consecuencias jurídicas de aquel laudo, afirmando a continuación que a juicio de la Comisión también se aplica al Tratado sobre la Carta de la Energía en lo que respecta a las inversiones transfronterizas de la UE.
"[...] cuando se aplica en un contexto intracomunitario, tal mecanismo socava el sistema de recursos legales previsto en los Tratados de la UE para resolver tales disputas. Por lo tanto, representa una amenaza para la autonomía de la legislación de la UE y el principio de confianza mutua entre los Estados miembros. Por lo tanto, los tratados deben terminarse legalmente para garantizar la seguridad jurídica."
Así, demoniza a este tipo de Cortes o Tribunales de Arbitraje por marginar el derecho al Derecho Comunitario, contraviniendo su orden y ,según arguye, propiciando la inseguridad jurídica, en un alegato de proteccionismo institucional nacionalista paneuropeo.
De la acotación del acceso a reclamar sobre seguridad jurídica pueden dar fe las más de 60.000 familias en España, cautivas por la oferta del Estado para invertir en renovables y sobre el que ahora los sucesivos gobiernos de PPSOE echan tierra, asunto sobre el cual éstos, quizás algún día pre-electoral agiten su exhumación.
No en vano, el mensaje constituye un recordatorio del vilipendiado laudo del arbitraje entre la luxemburguesa Novenergia y España, que condenaba a esta última a indemnizar a la energética con 53,3 millones de euros; y que la Corte de Apelaciones sueca ha dejado sin efecto de manera indefinida.
Como antecedente, el 10 de noviembre de 2017 se publicó la Decisión de la Comisión Europea C(2017) 7384, enmarcada en el ámbito del procedimiento iniciado en diciembre de 2014 contra España de apoyo a la generación de electricidad a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, donde se explica cómo la mayoría de los arbitrajes contra España han sido iniciados por inversores de otros Estados de la UE, coligiendo que esta situación es contraria al Derecho de la Unión.
ANPIER pide a M.Rajoy una solución que restaure el daño causado al sector fotovoltaico, donde los pequeños productores soportan situaciones más graves que los grandes fondos sin poder acudir a la justicia internacional.
El Gobierno estima que el resultado de este laudo no puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante. Según el Gobierno, el laudo no cuestiona la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en 2013 y 2014.
El Tribunal Arbitral del asunto Charanne B.V. y Construction, Investments S.A.R.L. contra el Reino de España (Arbitraje No.: 062/2012) ha desestimado la demanda presentada por ambos inversores, con base en el Tratado de la Carta de la Energía.