Se espera la publicación de una nueva Circular que sustituya la Circular 4/2009, de 9 de julio, para liquidar las tarifas de los productores fotovoltaicos de forma retroactiva.
El lunes 19 de septiembre en el Hotel Meliá Avenida de América, en Madrid, tendrá lugar una Mesa redonda en la que peritos especialistas resolverán todas las dudas de los productores fotovoltaicos.
Tras conocer las directrices que guiarán al MITyC en su cruzada de ejecución de avales, los productores tendrán diez dias para presentar escrito de alegaciones en pro de la devolución de éstos evitando la ejecución.
Resolvemos la pregunta de la retroactividad fotovoltaica de la semana, que tras la publicación de estrategias procesales, trae de cabeza a los productores fotovoltaicos con miras en Europa.
Es lamentable ver como el MITyC persigue en tiempo vacacional a los productores fotovoltaicos, notificándoles en el BOE un plazo de diez dias que probablemente NO van a poder cumplir.
Existe Jurisprudencia que por vicio en el consentimiento se declara la nulidad del contrato de compraventa entre el productor y el promotor, y por la que se reintegran las prestaciones recibidas.
La CNE ha procedido a levantar la suspensión cautelar del pago de la prima equivalente a 1.899 CIL regularizando la liquidación de las tarifas fotovoltaicas dejadas de abonar por una injusta suspensión cautelar.
Tras ser atracados y expropiados de sus derechos, tendrán que esperar a conocer como el ICO realiza el análisis de cada solicitud y como estudia la solvencia del solicitante y la viabilidad de la misma.
Publicamos Informe 24/2011 de la CNE sobre la Propuesta de Real Decreto por el que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución que deben satisfacer los productores de energía eléctrica.
Aunque muchos se encuentran injustamente inspeccionados, las consecuencias para estos productores son realmente graves toda vez que deberán reintegrar las tarifas percibidas con los intereses de demora.