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Tras la Retroactividad fotovoltaica los productores podrán acogerse a líneas de financiación del ICO de hasta 200.000 € anuales.

30-7-11. Carlos Mateu
sábado, 30 julio 2011.
Carlos Mateu
Tras la Retroactividad fotovoltaica los productores podrán acogerse a líneas de financiación del ICO de hasta 200.000 € anuales.
Tras ser atracados y expropiados de sus derechos, tendrán que esperar a conocer como el ICO realiza el análisis de cada solicitud y como estudia la solvencia del solicitante y la viabilidad de la misma.

La financiación podrá ser otorgada con la posibilidad de una carencia temporal de 2 años y un plazo de amortización de 7 años para la devolución.
En cumplimiento del compromiso gubernamental de atender a la supervivencia de las pequeñas instalaciones del sector fotovoltaico, adelantado en las últimas semanas por el injusto ministro de Industria, Miguel Sebastián, los titulares de instalaciones de tecnología solar fotovoltaica cuyo régimen jurídico se encuentra regulado por el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, podrán acogerse a la línea ICO – Directo del Instituto de Crédito Oficial (ICO).
La finalidad es que puedan adaptar los proyectos  que lo necesiten por su particular estructura de financiación, teniendo en cuenta que la solvencia de los mismos está asegurada mediante el cobro de la tarifa regulada durante los primeros 30 años de vida de la instalación, a tenor de lo dispuesto en el punto segundo de la Disposición final cuadragésima cuarta de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
Condiciones de los préstamos
La financiación se estructurará mediante una operación de préstamo,  de hasta un máximo de 200.000 € por cliente, en una o varias operaciones.
El tipo de interés del préstamo será variable con un plazo de amortización de 7 años para la devolución del préstamo y un máximo de 2 años de carencia, periodo en los que sólo se pagaran intereses.
Se podrá realizar una amortización anticipada voluntaria siempre que coincida con una fecha de renovación de intereses, a solicitud del cliente y sin ninguna penalización.
El ICO realizará un análisis de cada solicitud y en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad de las mismas y será quien, en su caso, apruebe la operación.
La solicitud se realizará informáticamente a través de la web comercial de ICO www.icodirecto.es .
En el Teléfono de Atención al Cliente 900 567 777 se podrá resolver cualquier duda y se recibirá asesoramiento sobre el proceso de cumplimentación de la solicitud.

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