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Contratos de arrendamiento de cubierta o terreno para instalación fotovoltaica.

29-10-09. Antonia Lecue
jueves, 29 octubre 2009.
Antonia Lecue
Contratos de arrendamiento de cubierta o terreno para instalación fotovoltaica.
Las partes de los contratos de arrendamiento o de derecho de superficie, deben de contar con el necesario asesoramiento jurídico especializado. Promein abogados le cubre esa necesidad, indicándole y avisándole de los problemas más frecuentes localizados.

Dada la problemática y los conflictos que suscita la negociación, acuerdo, estudio y redacción de los contratos de arrendamiento de cubierta o de terreno para instalación solar fotovoltaica Suelo Solar ha suscrito un convenio de colaboración con la consultora legal Promein Abogados para ofrecer a nuestros anunciantes el necesario asesoramiento jurídico especializado en la materia.

Con el objetivo de evitar problemas futuros, ya que “más vale prevenir que curar” pueden solicitar presupuesto gratuito y sin compromiso, ya sea para revisión y asesoramiento en los contratos de arrendamiento o de derecho de superficie que pretendan suscribir o para solicitar la redacción del citado contrato de arrendamiento.
A lo largo de la vida de los contratos de arrendamiento, venimos observando muchos problemas que surgen y que se repiten en el tiempo, entre arrendador y arrendatario, tras fijar éstos un acuerdo de voluntad sin haber pensado o valorado problemas futuros que puedan surgir fruto de una voluntad de las partes que no fija o acuerda  aspectos de necesaria inclusión en este tipo de contratos.

Los problemas más frecuentes que han dado motivo a conflicto y controversia, entre los partes, residen por ejemplo en NO HABER:
- estipulado cláusulas suspensivas por imposibilidad de evacuación de potencia.
- fijado una duración vinculante para ambas partes estableciendo indemnizaciones por incumplimiento (lucro cesante).
- establecido períodos de carencia hasta generación de ingresos.
- asegurado el acceso a la cubierta por parte del arrendatario. (Servidumbre de paso).
- establecido mecanismos de control de mantenimiento de cubierta y responsabilidades cruzadas.
- asegurado la integridad de condiciones iniciales de sombras de la instalación.
- y muchos más problemas que podrán ir conociendo las partes, si no cuentan éstas, en el momento de la redacción del contrato de arrendamiento, con el necesario asesoramiento especializado.
Recuerde que un modelo de contrato de arrendamiento no cubre toda la problemática que pueda surgir en cada caso específico, y que es recomendable acudir a abogados especialistas para evitar futuras controversias jurídicas. Son contratos de muy larga duración, y prevenir eventos o incidentes futuros no es nunca fácil para legos en la materia.

Rechace los modelos tipo. Es de sentido común que un mismo modelo de contrato no cubre todas las necesidades de las partes y tan sólo va a potenciar problemas futuros. Lo barato... al final sale caro.

Datos de contacto de la consultora especialista en energía solar y derecho inmobiliario Promein Abogados:

Teléfono de información: 902 195 270 - 91 535 89 91

Fax: 91 535 13 35

Web: www.promein.com

E-mail: info@promein.com

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