Los abogados especialistas de Promein Abogados en energía solar fotovoltaica, nos muestran los aspectos más destacables que se han de tener en cuenta a la hora de adquirir el derecho de superficie de una nave o de un terreno.
A modo de resumen, nuestros abogados especialistas de Promein Abogados nos muestran las claves más destacables del derecho de superficie. Es un hecho notorio que muchos promotores solares se preguntan que tipo de contrato es preferible suscribir con el propietario de la nave ¿arrendamiento?... ¿derecho de superficie? Lo que está claro que en nuestro marco legal español, no existe una figura jurídica que cubra las necesidades del promotor solar... pero veámos que aspectos que el promotor solar ha de tener en cuenta respecto al derecho de superficie:
Ventajas para el promotor o inversor:Desventajas:
Aviso Importante: Si la nave se halla gravada y responde como garantía hipotecaria de un préstamo es necesaria la autorización de la entidad financiera para constituir el derecho de superficie.
Cláusulas de necesaria inclusión:
UNEF reúne a MITECO, Red Eléctrica, analistas y empresas del sector en una concurrida jornada formativa para analizar los últimos cambios normativos del PO 7.4 para el control de tensión y del RD 997/2025, que impulsará la hibridación.
La asociación del sector fotovoltaico espera que el nuevo RD de autoconsumo, del que se espera el texto definitivo el próximo año, ayude a solventar los escollos administrativos actuales y proporcione incentivos adecuados para continuar su avance.