La forma de liquidar diversos Ayutamientos el ICIO, el canon de aprovechamiento urbanístico, la valoración del 10 % del aprovechamiento atípico, ha sido el detonante para que un grupo de promotores impidan el cierre de las puertas a la energía solar.
Suelo Solar, a través de su departamento jurídico Promein Abogados, ha recibido por parte de un grupo de promotores solares con sede de actividad profesional en Madrid, Málaga, Sevilla y Almería el encargo profesional de crear una Asociación representativa con el objetivo de agrupar al sector de la energía solar, para así solicitar conjuntamente a los Ayuntamientos que: a) minoren o eximan de las cargas impositivas que padecen a la hora de presentar los diversos proyectos solares, b) les faciliten los trámites administrativos que les ocasionan diariamente grandes pérdidas económicas, disminuyendo de tal modo las rentabilidades esperadas de sus proyectos,y c) fomenten los proyectos de energía solar fotovoltaica entre sus ciudadanos, siguiendo las directrices autonómicas, estatales y europeas que desarrollan el Protocolo de Kyoto. La Asociación se denominará Asociación de Promotores afectados por las liquidaciones impositivas municipales (APALIM), tendrá carácter nacional, y se constituirá sin ánimo de lucro. El socio de APALIM podrá disfrutar además de la pertenencia a un grupo sectorial creado por y para le defensa de los intereses de sus asociados, y por y para el fomendo de la energía solar en España, de una serie de servicios que a continuación listamos: 1.Información actualizada sobre nuevas normativas, especialmente las que cuyo incumplimiento impliquen sanción administrativa. 2.Información actualizada del desarrollo y gestión de aquellos conflictos en los cuáles la asociación este trabajando de forma activa. 3.Asesoramiento jurídico gratuito sobre cualquier asunto relacionado con el sector y su empresa. 4.Disponibilidad de bases de datos actualizadas en materia legal y jurisprudencial. 5.Descuentos en cualquier servicio contratado con el despacho Promein Abogados. 6.Beneficio de todos los convenios establecidos entre APALIM y los proveedores recomendados. 7. …y el compromiso por nuestra de parte de seguir trabajando para hacer que esta lista sea cada vez más extensa tanto en servicios como en acuerdos cerrados siempre en beneficio del promotor solar fotovoltaico, y el fomento de las energías renovables. Interesados en recibir más información sobre la constitución de APALIM, rogamos dirijan atento email a info@suelosolar.es, indicando sus datos de contacto.
En los suelos rústicos de algunos Ayuntamientos además de tener que pagar el ICIO, se exige un porcentaje del aprovechamiento urbanístico u otro porcentaje en concepto de canon de participación municipal.
La valoración del 10 % del aprovechamiento atípico atribuible a la Administración municipal, se cuantificará en base al incremento de valor que los terrenos rusticos experimenten como consecuencia de la declaración de interés general.
El Tribunal de Superior de Justicia de Navarra establece que la base imponible del I.C.I.O. que se ha de liquidar viene constituida por el valor de la obra o instalación realizada prescindiendo del valor de elementos que no forman parte de ella.
En la mayoría de los ayuntamientos, se está cobrando indebidamente un ICIO muy superior al que realmente se debe de recaudar, ya que incluyen en la base imponible una serie de partidas como el coste de los generadores, inversores, cableado, etc.
En el ICIO no se incluye el coste de la maquinaria e instalaciones mecánicas sobre la obra civil.
Otra barrera importante para el promotor solar a la hora de proyectar instalaciones sobre terrenos no urbanizables es la de la prestación compensatoria regulada en Andalucía. Un motivo más para promover sólo sobre cubierta de edificio.
El promotor solar, para proyectar su planta solar en suelos rústicos extremeños ha de abonar a los Ayuntamientos cómo mínimo el 2% del importe de la inversión, o cederles cómo mínimo el 15% del suelo.