Biodiversidad sin excusas. Carta abierta a la UE
Como profesionales del desarrollo científico pedimos a las Instituciones y ministros de energía de la UE que no reduzcan los controles existentes de protección a la biodiversidad, ni siquiera para acelerar el despliegue de las energías renovables.
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La Comisión Europea, a petición del Consejo Europeo, presentó el 9 de noviembre de 2022 al Consejo de la Unión Europea una propuesta de reglamento para acelerar el despliegue de las energías renovables (COM/2022/591/final), propuesta que modifica el régimen de la prohibición del deterioro de los ecosistemas.
La normativa actual prohíbe el deterioro de las especies, los hábitats y lugares de la red Natura 2000, así como el estado de las aguas superficiales y subterráneas. Prohibiciones que tienen unas contadas y estrictas excepciones (artículo 6.4 Directiva 92/43 y artículo 9.1.a Directiva 2009/147 y artículo 4.7 Directiva 2000/60).
Una de las condiciones de estas excepciones es que los proyectos a los que se les permitirá deteriorar ecosistemas deben de demostrar un «interés público superior» de manera específica y suficiente.
La propuesta de la Comisión reduce esta exigencia al establecer que los planes y proyectos de producción de energía con fuentes renovables se presumirá, de forma generalizada, que son «de interés público superior y contribuyen a la salud y la seguridad públicas», eximiendo así a los promotores de acreditar dicho interés y contribución en cada caso particular.
Esta presunción rompe el carácter estricto que estas excepciones tienen y por tanto facilita el deterioro de los ecosistemas a través de la ficción jurídica de presumir una realidad sin necesidad de probarla.
La principal razón que desaconseja esta medida es que la ciencia ha demostrado que, incluso con las medidas de protección existentes, no se ha logrado detener el deterioro en términos de destrucción masiva de biodiversidad (ipbes.net y eea.europa.eu). Necesitamos aplicar de manera estricta la prohibición del deterioro y ampliar la protección con nuevas medidas adicionales.
Hay además muchas otras razones que impiden apoyar esta propuesta (informe jurídico), destacando entre ellas que su adopción contradice la obligación de integrar de manera completa las exigencias de protección de la biodiversidad en la definición y en la realización de la política de energía (artículo 11 TFUE y artículo 37 de la Carta de Derechos Fundamentales).
Los que trabajamos para aumentar el conocimiento científico y aplicarlo en las políticas públicas queremos llamar la atención sobre la responsabilidad intergeneracional que tenemos como sociedad y la necesidad imperiosa de no dar ningún paso atrás en la protección de la biodiversidad, ni siquiera para el despliegue de las energías renovables. No debemos proteger un bien dañando otro.
La implantación de las energías renovables puede llevarse a cabo sin poner en peligro la biodiversidad.