Se abre programa de ayudas para estudios de viabilidad y eficiencia energética en Euskadi

Las ayudas impulsarán estudios de viabilidad de implementación de energías renovables en el sector residencial, e inversiones en eficiencia energética en el sector comercio y distribución.

Se abre el programa de ayudas que pretende impulsar nuevas instalaciones de energías renovables en el sector residencial así como nuevas medidas para mejorar la eficiencia energética en el comercio y el sector de la distribución. El programa, cuyos detalles se han publicado hoy en el BOPV, se mantendrá abierto hasta el próximo día 31 de octubre de 2023.
 
El Programa se compone de dos subprogramas de ayudas:

Podrán acceder a las subvenciones objeto de esta convocatoria las comunidades de propietarios, (reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio) en el primer subprograma y las personas jurídicas privadas (cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los grupos de actividad G46 y/o G47) en el segundo caso.

El Programa de ayudas será financiado con fondos propios del Ente Vasco de la Energía, según Plan Estratégico de Subvenciones de EVE para el año 2023 aprobado en Consejo de Dirección de EVE del 15 de febrero de 2023.

Dotación presupuestaria : 2.000.000 €

Procedimiento de adjudicación de las ayudas

Las resoluciones de las solicitudes de ayuda se realizarán mediante un procedimiento de concurrencia sucesiva, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la situación o actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en las convocatorias. De este modo, las solicitudes se examinarán, tramitarán y resolverán conforme a su estricto orden de presentación. 

Cuantía de las ayudas

Las actuaciones tendrán una cuantía total y máxima de ayuda por beneficiario de 300.000 €. No se podrán acoger aquellas actuaciones cuya inversión elegible (aquella directamente relacionada con la eficiencia energética y su consecuente ahorro de energía) sea inferior a 3.000 €, IVA no incluido.

Las ayudas que se concedan en aplicación del Subprograma de ayudas 1, no tendrán la condición de ayuda estado.

Para el Subprograma de ayudas 2, resultará de aplicación los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, aplicándose la exención por categoría de ayudas para la protección del medio ambiente (Sección 7). Específicamente el Artículo 38.- Ayudas a la eficiencia energética.

Obtener más información respecto a la tramitación de solicitudes de esta convocatoria de ayudas