Esta interesante definición la podemos conocer en la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de mayo de 2010 relativa a la eficiencia energética de los edificios.
Según el artículo dos de la citada Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de mayo de 2010, se trata de un edificio con un nivel de eficiencia energética muy alto, […]. La cantidad casi nula o muy baja de energía requerida debería estar cubierta, en muy amplia medida, por energía procedente de fuentes renovables, incluida energía procedente de fuentes renovables producida in situ o en el entorno.
Los países han acordado triplicar la financiación en materia de adaptación al cambio climático dejando al margen los esfuerzos de mitigación.
Se analizó la evolución de la materialización de las líneas territorializadas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), como el Moves III o el autoconsumo.