D. Ramón Luis Valcarcel ha mantenido la tesis original del Partido Popular frente al radical cambio de postura del Gobierno Central sobre la seguridad jurídica y la retroactividad en el sector fotovoltaico.
En el citado escrito de alegaciones, ANPIER acusa al Gobierno de desviación de poder al crear normas retroactivas que vulneran los siguientes preceptos legales, constitucionales y de derecho comunitario.
Pueden ser agentes del mercado las personas físicas o jurídicas que tienen la función de generar energía eléctrica, así como las de construir, operar y mantener las centrales de producción, tanto en régimen ordinario como en régimen especial.
Aprobados los P.O del Sistema P.O.-3.1 programación de la generación, P.O.-3.2 resolución de restricciones técnicas, P.O.-3.8 participación de las instalaciones de producción en fase de pruebas y P.O.-3.9 contratación y gestión de reserva de potencia.
A pesar de la guerra comercial de los aranceles y la falta de financiación, China está a la cabeza de la capacidad de producción de energía solar a escala comercial.
Proyecto de Real Decreto por el que se establece la regulación de las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.
Suelo Solar entrevista a D.Jorge González Cortes, Director Comercial de Gesternova, comercializadora de electricidad de origen renovable, quien nos muestra su experta visión del retroactivo Real Decreto Ley 9/2013.
La nueva norma establece incentivos para la construcción, operación y mantenimiento de centrales o instalaciones solares. Con la producción de energía solar, se espera, además, mitigar los efectos del cambio climático.
Son muchas las dudas que surgen a los productores fotovoltaicos sobre el modo de liquidar el impuesto y los conceptos que integran la base imponible de este impuesto. Esta consulta resuelve todas estas dudas.