Se publica el listado provisional de ordenación conjunta de solicitudes asociado a las convocatorias del tercer y cuarto trimestre de 2011 del procedimiento de pre-asignación de retribución. Incluimos Hoja Excel.
Se acaban de publicar en la Web del Ministerio de Industria los listados provisionales del Registro de preasignación de retribución de la convocatoria correspondiente al tercer y cuarta de 2011, la úndecima convocatoria, realizada al amparo del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica.
De conformidad a la disposición transitoria primera de la Orden ITC/688/2011, de 30 de marzo, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de abril de 2011 y determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial, se modificó el calendario para desarrollo de las convocatorias previsto en el anexo III del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, para la tramitación conjunta de las convocatorias correspondientes al tercer y cuarto trimestre de 2011.
Los promotores solares contarán con diez días para presentar sus alegaciones desde el momento en que los Listados Provisionales se publiquen en su dirección Web correspondiente. El plazo de 10 días, que determina la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, para presentar el Escrito de Alegaciones, empezará a contar desde su comunicación directa al interesado.
I.- El procedimiento de selección, tal como recoge la normativa aplicada, es el de la fecha más reciente de punto de conexión, aval, licencia de obras y autorización administrativa.
II.- El Ministerio de Industria señala que el elevado número de solicitudes presentadas hace que este marco retributivo sea atractivo y estable. Nada que ver con la realidad como todos bien sabemos.
- Para estas Convocatorias Q3 y Q4 de 2011, las tarifas correspondientes a los tipos I.1 (instalaciones pequeñas en techo), I.2 (instalaciones grandes en techo) y II (instalaciones de suelo) es el siguiente:
* Subtipo I.1: 28,1271 c€/kWh
* Subtipo I.2: 19,8353 c€/kWh
* Tipo II: 13,0324 c€/kWh
*Tarifas calculadas en aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre.
Los cupos de potencia que serán de aplicación para la convocatoria del tercer trimestre de 2011 son:
* Subtipo I.1: 7,168 MW
* Subtipo I.2: 67,892MW
* Tipo II: 38,947 MW
Recordar que desde la pasada 2ª convocatoria de 2011, se aplica por primera vez, la obligatoriedad de presentación de las solicitudes a través de la web del MITYC, no siendo admitidas solicitudes presentadas en papel, y se aplican la reducciones retributivas previstas en el RD 1565 del 45%, 25% y 5%, para suelo, gran cubierta y pequeña cubierta, respectivamente.
DESCARGUE A CONTINUACIÓN LOS LISTADOS PROVISIONALES Q3 y Q4 DE 2011:
Se recoge a continuación la Resolución de 8 de junio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica el listado provisional de ordenación de solicitudes de la convocatoria del segundo trimestre de 2011 del procedimiento de preasignación de retribución regulado en el Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, para instalaciones fotovoltaicas y se comunica su carácter provisional, en tanto en cuanto no finalicen los plazos otorgados a los solicitantes que requieren subsanación de sus solicitudes.
Del mismo modo, se recogen los listados provisionales de la ordenación cronológica de las instalaciones para cada uno de los Tipos I.1, I.2 y II.
-Resolución provisional tercera y cuarta convocatoria 2011 [PDF][150 KB]
-Listados provisionales, instalaciones Tipo I.1 [PDF] [1,88 Mw]
-Listados provisionales, instalaciones Tipo I.2 [PDF] [1014,71 KB]
- Listados provisionales, instalaciones Tipo II [PDF] [645,46 KB]
Asimismo señalar que:
Como en otras ocasiones muchas de las solicitudes presentadas son incompletas o no reúnen los requisitos necesarios y, por lo tanto, es necesario, de acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, requerir al solicitante para que la subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos otorgándole un plazo de diez días hábiles para ello.
La resolución de aprobación definitiva de la inscripción de los proyectos en el Registro de pre-asignación de retribución, se dictará una vez que se haya cumplido el trámite de subsanación en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La ordenación definitiva podría no coincidir con la ordenación propuesta anexa a la presente resolución, y que proyectos que de acuerdo con la presente ocuparían un puesto que les permitiría ser inscritos en el Registro de pre-asignación asociados a la convocatorias del tercer y cuarto trimestre de 2011, podrían finalmente no serlo si tras la subsanación de las solicitudes, las fechas de ordenación de las mismas hubieran variado respecto de la propuesta presente.
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