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Hasta la TERCERA convocatoria de 2.011 el MITyC no puede dar tijeretazo a las tarifas de la fotovoltaica.

19-11-10. Carlos Mateu
viernes, 19 noviembre 2010.
Carlos Mateu
Hasta la TERCERA convocatoria de 2.011 el MITyC no puede dar tijeretazo a las tarifas de la fotovoltaica.
De conformidad con la Disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto que se ha aprobado en el Consejo de Ministros, no se pueden ni deben recortar las tarifas hasta la Tercera Convocatoria de 2.011.

Según la Disposición Transitoria Cuarta del nuevo Real Decreto: "los valores de las tarifas de las instalaciones fotovoltaicas para la primera convocatoria de inscripción en el Registro de preasignación de retribución cuyo plazo de presentación de solicitudes se inicie con posterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto se calcularán a partir de los valores resultantes de la aplicación de la metodología establecida en el artículo 11. 2 del Real Decreto 1578/2008".
A modo de introducción y antes de analizar la citada Disposición hemos de señalar que de momento estamos a la espera de:

- conocer cómo quedará la tarifa fijada para la Q1 del 2011 ya que por Orden ITC2784/2010 de fecha 30 de octubre se amplió el plazo de presentación de solicitudes hasta pasados 5 días de publicarse los listados definitivos de la Cuarta convocatoria de 2010, y
- conocer si mañana sábado o el lunes próximo se publicará en el BOE el nuevo Real Decreto.

Recordemos que la citada Orden resolvió únicamente ampliar la fecha final de presentación de las solicitudes para entrar en la Primera Convocatoria de 2011, pero olvidó y omitió modificar la fecha inicial de presentación de solicitudes para entrar en la Segunda Convocatoria de 2011. Esa fecha se mantiene en la de 1 de noviembre de 2010. La citada Orden no resolvió nada al respecto, sin que ello crée en el PREFO ningún conflicto ya que todas las solicitudes se ordenan hasta cubrir los cupos por orden cronológico, superponiéndose ambos plazos.

Volviendo a la Disposición Transitoria Cuarta, si leemos detenidamente la misma, observaremos que  según esta Disposición tenemos que estar "al (siguiente) plazo de presentación que se inicie" a partir de la promulgación de este nuevo Real Decreto.
En consecuencua y de conformidad con la citada disposición señalar que:

NO puede el Ministerio de Industria proceder al recorte de las tarifas de la fotovoltaica en la Primera Convocatoria de 2011, ya que para la convocatoria del primer trimestre del año 2011, el plazo de presentación de las solicitudes se inició el pasado día 1 de agosto.

TAMPOCO puede el Ministerio de Industria proceder al recorte de las tarifas de la fotovoltaica en la Segunda Convocatoria de 2011 ya que el plazo de presentación de las solicitudes se inició el pasado 1 de noviembre. (Fecha 1 de noviembre como decimos no modificada por la ITC2784/2010 de fecha 30 de octubre)

Por lo tanto sólo le queda al Ministerio proceder a recortar las tarifas de la fotovoltaica a partir de la Tercera Convocatoria de 2011 ya que si nos atenemos al tenor literal de la Disposición Transitoria Cuarta de publicarse en estos días en el BOE el nuevo marco retributivo el plazo de presentación que se iniciará a continuación será el de la Tercera Convocatoria de 2.011, que se corresponde con la fecha 1 de febrero de 2.011. (fecha posterior a la fecha de promulgación del nuevo Real Decreto.)

Es decir: Las fechas de presentación de las solicitudes para entrar en las Convocatorias Q1 de 2011 y Q2 de 2011 son anteriores a la fecha de promulgación del nuevo Real Decreto, por lo que existe una clara imposibilidad LEGAL para que se recorte en las Convocatorias Q1 y Q2 de 2011 las tarifas fotovoltaicas, en un 45%-25%- y 5% las instalaciones del Tipo II, I.2, y I.1 respectivamente.

Desde Suelo Solar deseamos a tod@s los profesionales fotovoltaicos mucha suerte en esta nueva etapa, y animamos a tod@s los productores fotovoltaicos acogidos al Real Decreto 661/2007 a recurrir la disposición legal retroactiva de supresión de tarifa a partir del año vigésimo sexto con ayuda de la Plataforma de Afectados de la Fotovoltaica: www.plfotovoltaica.org

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