La Comisión aprueba un régimen de ayudas de España de 2.900 millones de euros para compensar a las empresas con un elevado consumo de energía.

Compensará parcialmente el aumento de los precios de la electricidad resultante de los costes de las emisiones indirectas en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE («RCDE»).

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La vicepresidenta ejecutiva Margrethe Vestager, responsable de la política de competencia, ha declarado: «Este régimen de 2 900 millones de euros permite a España reducir el riesgo de que las industrias con un elevado consumo energético trasladen la producción a lugares con objetivos climáticos menos ambiciosos que los de la UE. Al mismo tiempo, promoverá una descarbonización rentable de la economía, en línea con los objetivos del Pacto Verde y que protege la competencia en el mercado único»

La medida de España

El régimen notificado por España, con un presupuesto total estimado de 2 900 millones de euros, cubrirá parte del aumento de los precios de la electricidad derivado del impacto de los precios del carbono en los costes de generación de electricidad (denominados «costes de emisiones indirectas») asumidos entre 2021 y 2030. La medida de apoyo tiene por objeto reducir el riesgo de «fuga de carbono», es decir, el traslado por parte de las empresas de su producción a países no pertenecientes a la UE que cuentan con políticas climáticas menos estrictas, con lo que se genera una menor actividad económica en la UE y no se produce ninguna reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero a escala mundial.

La medida beneficiará a las empresas activas en los sectores que corren riesgo de fuga de carbono que figuran en el anexo I de las Directrices relativas a determinadas medidas de ayuda estatal en el contexto del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero después de 2021 («Directrices sobre ayudas estatales del RCDE»). Estos sectores se enfrentan a importantes costes de electricidad y están especialmente expuestos a la competencia internacional.

La compensación se concederá a las empresas admisibles mediante el reembolso parcial de los costes de las emisiones indirectas asumidos el año anterior y un pago final que se realizará en 2031. El importe máximo de la ayuda será, por lo general, igual al 75 % de los costes de las emisiones indirectas en que se haya incurrido. Sin embargo, en algunos casos, el importe máximo de la ayuda puede ser más elevado para limitar los costes restantes de las emisiones indirectas al 1,5 % del valor añadido bruto de la empresa. El importe de la ayuda se calcula sobre la base de valores de referencia de consumo eficiente de electricidad, que garantizan que se anima a los beneficiarios a ahorrar energía.

Para poder optar a una compensación, las empresas tendrán que seguir determinadas recomendaciones de auditoría energética, cubrir al menos el 30 % de su consumo de electricidad con fuentes sin emisiones de carbono (a través de instalaciones de generación de energía renovable in situ, acuerdos de compra de energía sin emisiones de carbono o garantías de origen), o invertir al menos el 50 % del importe de la ayuda en proyectos que den lugar a reducciones sustanciales de las emisiones de gases de efecto invernadero de sus instalaciones. Los beneficiarios deberán cumplir una de esas obligaciones en un plazo de tres años a partir de la concesión de la ayuda.

Apreciación de la Comisión

La Comisión ha evaluado la medida con arreglo a las normas de la UE en materia de ayudas estatales y, en particular, con respecto a las Directrices sobre ayudas estatales del RCDE.

La Comisión considera que el régimen es necesario y adecuado para ayudar a las empresas con un elevado consumo energético a hacer frente al incremento de los precios de la electricidad y evitar que se deslocalicen a países fuera de la UE con políticas climáticas menos ambiciosas, lo que se traduciría en un aumento de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero. Además, la Comisión constató que el régimen cumple los requisitos sobre auditorías energéticas y sistemas de gestión establecidos en las Directrices sobre ayudas estatales del RCDE. La medida, por lo tanto, apoya los objetivos climáticos y medioambientales de la UE y las metas establecidas en el Pacto Verde Europeo. Además, la Comisión concluye que la ayuda concedida se limita al mínimo necesario y no tendrá efectos negativos indebidos sobre la competencia ni el comercio en la UE. Sobre esta base, la Comisión ha aprobado el régimen en virtud de las normas de la UE en materia de ayudas estatales.

Contexto

El Pacto Verde Europeo, presentado por la Comisión el 11 de diciembre de 2019, establece el objetivo de convertir a Europa en el primer continente climáticamente neutro de aquí a 2050. El RCDE UE es una piedra angular de la política de la UE para combatir el cambio climático, así como un instrumento esencial para frenar, con una buena relación coste/eficacia, las emisiones de gases de efecto invernadero. El 14 de julio de 2021, la Comisión presentó el Plan del Objetivo Climático para 2030, a fin de reducir las emisiones en al menos un 55 % de aquí a 2030, en comparación con los niveles de 1990.

El 21 de septiembre de 2020, la Comisión adoptó las Directrices revisadas sobre ayudas estatales del RCDE UE en el contexto del régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero después de 2021 como parte de la modernización de todas las herramientas de prevención de fugas de carbono relacionadas con el RCDE UE, como la asignación gratuita de derechos de emisión de CO2. Las Directrices sobre ayudas estatales del RCDE revisadas entraron en vigor el 1 de enero de 2021 con el comienzo del nuevo período de comercio de derechos de emisión. Se aplicarán hasta 2030, con una actualización intermedia de determinados elementos prevista para 2025.

La versión no confidencial de la decisión de hoy se publicará con el número de asunto SA.100004 (en el Registro de Ayudas Estatales) en el sitio web de la DG de Competencia.