Publicada en BOE la Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas

Vigente Orden PCM/735/2021, de 9 de julio, que tiene por objetivo marcar las directrices para la identificación y conservación de los elementos del territorio que componen la infraestructura verde del territorio español, terrestre y marítimo.

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Con su reciente actualización, la Estrategia de la Unión Europea sobre Biodiversidad para 2030, aprobada en 2020 reconoce nuevamente y refuerza el desarrollo de la infraestructura verde como una de las herramientas principales para el logro de los objetivos medioambientales de la Unión Europea.La protección y conservación de la diversidad biológica y los ecosistemas, así como la promoción de infraestructuras verdes, son aspectos clave de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

La infraestructura verde se concibe, por tanto, como una red ecológicamente coherente y estratégicamente planificada compuesta por un conjunto de áreas naturales y semi-naturales, elementos y espacios verdes rurales y urbanos, y áreas terrestres, dulceacuícolas, costeras y marinas, que en conjunto mejoran el estado de conservación de los ecosistemas y su resiliencia, contribuyen a la conservación de la biodiversidad y benefician a las poblaciones humanas mediante el mantenimiento y mejora de las funciones que generan los servicios de los ecosistemas y facilitan la conectividad ecológica de los ecosistemas y su restauración.

La infraestructura verde es importante porque es una herramienta que aporta beneficios ecológicos, económicos y sociales mediante soluciones naturales, y puede ayudar a comprender el valor de los beneficios que la naturaleza proporciona a la sociedad humana y a movilizar inversiones para sostenerlos y reforzarlos; asimismo contribuye a evitar la dependencia de infraestructuras cuya construcción es costosa, y puede contribuir de manera significativa a la aplicación efectiva de todas las políticas cuando algunos o todos los objetivos deseados pueden conseguirse, parcial o totalmente, mediante soluciones basadas en la naturaleza.

Por otro lado, la esencia de la infraestructura verde es su multifuncionalidad, es decir, su capacidad para desempeñar múltiples funciones ambientales (por ejemplo, conservación de la biodiversidad o adaptación al cambio climático), sociales, y económicas en un mismo ámbito territorial. Es, por lo tanto, un instrumento esencial para la planificación sostenible del territorio.

Cabe señalar, además, que se concibe como un instrumento dinámico que deberá actualizarse periódicamente en función de la información y conocimientos más actualizado dado el carácter multisectorial, multifuncional y con aplicación a múltiples escalas de la Estrategia Nacional, para su elaboración ha sido necesaria la participación de los distintos departamentos ministeriales implicados y en concreto, los de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Defensa; Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; Industria, Comercio y Turismo; Agricultura, Pesca y Alimentación; y Política Territorial y Función Pública.

La elaboración de esta Estrategia Nacional se ha realizado, por lo tanto, con la colaboración de las comunidades autónomas, a través de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, así como con la de otros ministerios implicados Esta orden tiene por objeto cumplir el mandato legal contenido en el artículo 15 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en la redacción dada al mismo por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para elaborar en el ámbito de su competencia, la «Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas», con la colaboración de las comunidades autónomas y de otros ministerios implicados.

Esta orden tiene naturaleza de resolución de carácter gubernativo dictada en ejercicio del poder de dirección de los sectores de la actividad administrativa.

Acceso a texto legal BOE


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