Las diez dudas más frecuentes sobre el Autoconsumo fotovoltaico.
Para poder fomentar el autoconsumo fotovoltaico en España, lo ideal es resolver todas las dudas que a los posibles interesados les pueden surgir. En este post intentaremos resolver muchas de ellas.
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Son muchas las dudas que surgen a nuestros lectores sobre las posibilidades de ahorro energético que ofrece el autoconsumo fotovoltaico.
Queremos compartir con nuestros lectores algunas de las más interesantes:
P.- He leído en prensa que el autoconsumo además de ser ilegal para el Gobierno, no es rentable. ¿Qué de cierto hay en todo eso?
R.- Me es grato comunicarte que el autoconsumo fotovoltaico es legal, es real, es rentable en función del tipo de consumo, y está amparada su regulación por el Real Decreto 900/2015 en el que se detallan los parámetros que han de cumplir las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico.
P.- ¿Si instalo en mi empresa una instalación solar fotovoltaica de autoconsumo puedo cobrar algún tipo de retribución por la energía vertida a red?
R.- Efectivamente se podría percibir una retribución siempre y cuando proyectaras una instalación fotovoltaica de autoconsumo del tipo 2 llamada así por superar los 100 kW.
P.- Tengo un chalet en Pozuelo de Alarcón. ¿Qué potencia me recomiendan instalar de autoconsumo fotovoltaico?.
R.- Para poder responder a esa pregunta habría que conocer la demanda energética de tu vivienda. En todo caso es importante señalarte que en todo caso la potencia que instales de fotovoltaica ha de ser igual o menor a la potencia que tengas contratada con la comercializadora Eléctrica.
P.- Me gustaría instalar una instalación fotovoltaica de autoconsumo con baterías de apoyo. ¿Es legal contar con baterías?
R.- Claro que sí es legal. Es posible poder almacenar la energía solar fotovoltaica no consumida en baterías y utilizarla cuando la demanda energética sea mayor a la curva de generación fotovoltaica.
P.- Me acabo de enterar que además de las placas, el inversor, el regulador…etc… he de adquirir un contador. ¿Por qué y para qué?
R.- No es del todo cierto.
Hemos de partir de la base de que el legislador nos habla de contadores que miden la energía generada, y contadores que miden la energía consumida.
Si tu pregunta se refiere a la energía generada, he de decirte que estás en los cierto ya que el Real Decreto 900/2015 establece que tu instalación ha de disponer de un contador AC que contabilice la energía neta generada.
Pero si te refieres a la energía consumida, he de decirte que el legislador determina que es opcional este tipo de contadores si tu instalación de autoconsumo es inferior a 100 kW.
P.- ¿Por la energía que autoproduzca o autoconsumo he de pagar algo al Estado?
R.- El legislador de forma totalmente injusta y sorpresiva ha establecido por imperativo legal pagar dos tipos de cargos: uno fijo y otro variable.
El cargo fijo, se aplica a las instalaciones que tienen baterías y a las instalaciones de autoconsumo con potencia igual o superior a la de 100 kW.
Este cargo fijo consiste en un cargo por la potencia que genere la instalación que sea superior a la potencia a facturar.
El cargo variable, se aplica a las instalaciones que tengan una potencia superior a 10 kW.
El cargo variable consiste en un cargo por la energía que genere la instalación fotovoltaica, siempre y cuando está sea superior a 10 kW.
Por ello una instalación fotovoltaica de autoconsumo de 9,99 kW no tiene que pagar ni costes fijos ni costes variables.
P.- ¿Cuál es la estrategia a seguir en la generación de autoconsumo fotovoltaico? ¿Lo que se genere en mi tejado ha de acumularse en baterías, o ha de cubrir la demanda energética directamente?
R.- Desde Suelosolar.com recomendamos que la curva de generación fotovoltaica cubra la demanda energética directamente y que la energía sobrante no consumida se almacene en baterías.
P.- ¿Cuál sería el primer paso a dar si quiero instalar en mi casa una instalación de autoconsumo fotovoltaico?
R.- Lo primero que deberías hacer es recabar todas las facturas del año y analizar cuál ha sido el consumo.
A la vista de ello, nuestra red de profesionales podrá indicarte la mejor opción...
- ¿una instalación de autoconsumo sin baterías?,
- ¿una instalación de autoconsumo con baterías? o
- ¿desconectarte de la red eléctrica mediante una instalación específica.?
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P.- Por curiosidad... ¿qué me puede costar un kit de autoconsumo fotovoltaico de 3 kW?
R.- En nuestro Centro de compras puedes adquirir un kit de esa potencia por casí 4000 euros. Puedes conocerlo haciendo clic aquí.
P.- ¿A qué empresa me recomiendan solicitar presupuesto sobre coste de proyecto e instalación de autoconsumo fotovoltaico?
R.- En Suelosolar.com contamos con una herramienta de solicitudes de presupuestos que recibe nuestra red profesional dependiendo del ámbito geográfico y funcional.
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