Suelo Solar entrevista a D. Rafael Ortiz-Jordá, productor fotovoltaico, y asesor tributario del sector fotovoltaico en New Inversor, quién denuncia la prevaricadora actitud del Gobierno en la reforma energética.
Buenas tardes Rafa. Es un placer contar con tu presencia en el día de hoy.
Hoy es un día muy amargo para las energías renovables. Tras la promulgación el pasado sábado 13 de julio del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico, son muchísimas las dudas que surgen a los productores fotovoltaicos en relación a este fatídico atentado a la seguridad de las inversiones.
Nadie en su sano juicio se podría imaginar que éste Gobierno que en la oposición, (con el objetivo de ganarse nuestros votos) engañara a los fotovoltaicos "defendiéndonos" con sus enmiendas paliativas y derogatorias.
Tras esta falsa defensa, todos hemos presenciado perplejos como de forma tan alevosa y sin querer escuchar al sector se han derogado los regimenes retributivos por los que los productores fotovoltaicos invirtieron todos sus ahorros e hipotecaron todos sus bienes.
Para aquellos que aún no te conozcan señalar que Rafa es productor fotovoltaico, socio fundador de Atacama Solar, S.L. y de Newinversor, S.L., empresa dedicada a la gestión y servicios para productores fotovoltaicos; ofreciendo la gestión integral de las obligaciones tributarias y mediación de seguros y, junto con otras empresas, ofrece un servicio integral para la mayoría de necesidades de los productores. “Gestión y servicios por y para productores fotovoltaicos”
Si te parece bien Rafa damos comienzo a la entrevista…
P.- Tras la supresión de la tarifa fotovoltaica ¿consideras que el 7,5 % de la inversión supone una nueva inspección a la fotovoltaica de facturas de módulos, inversores, como la injustamente padecida con el Real Decreto 1003/2010 cuando el Gobierno sabe perfectamente que los productores fotovoltaicos suscribieron contrato llave en mano, y no disponen de esa documentación en sus contabilidades? ¿Se va a abrir una nueva caza de brujas ocultada bajo este nuevo y retroactivo marco normativo?
R.- Buenas tardes Carlos, es un placer el poder colaborar contigo y aunar esfuerzos ante una nueva medida injusta, arbitraria y sobre todo prevaricadora de éste Gobierno que solo prentende, al contrario de lo que sería deseable y de sentido común, eliminar las renovables del panorama energético español, sometiendo aún más si cabe a los ciudadanos a los intereses oligopolísticos de las cinco eléctricas de Unesa (Iberdrola, Endesa, Gas Natural, Eon y Edp), para incremento de sus beneficios y también de la pobreza energética. Prevaricación pura y dura y más cuando todavía retenemos en nuestra memoria los 300 diputados que o bien votaron en contra o se abstuvieron sobre la realización de un auditoría del déficit de tarifa.
En respuesta a tu primera pregunta he de decir que no lo creo así puesto que no corresponderá a los productores el presentar justificantes tanto de sus inversiones como de sus gastos corrientes, además por la redacción del RDL 9/2013, será el Gobierno, irrogado con una manipulada –por su parte- mayoría absoluta –el peor enemigo de la democracia- el que considerará rasando e igualando indiscriminadamente las costes tanto de inversión como corrientes de las instalaciones en una prueba más del desconocimiento –por activa o interesadamente- del sector, sus circunstancias y peculiaridades.
P.- ¿Consideras que la intención del Gobierno de promulgar un Real Decreto Ley 9/2013 que habla de un 7,5% de la inversión no es otra que poner en contra de los fotovoltaicos a la opinión pública ya que como bien sabemos en el sector ese 7,5% sin hablar de la amortización y de otros costes intrínsecos a la instalación no superará el 4%?
R.- Efectivamente, no me cabe la menor duda. Es la táctica perversa tanto del anterior como del actual gobierno, desprestigiar, calumniar, acusar, culpabilizar de todos los males habidos y por haber, para una vez ganada la adhesión pública a sus denuncias, dar el zarpazo. Así ha ocurrido con colectivos diversos entre otros Controladores Aereos, Funcionarios, etc.
A primera vista, parece que un 7,5% es una rentabilidad extraordinaria y más si la comparamos con el Euribor (0,58%). Efectivamente es una rentabilidad interesante, si hablamos de un producto financiero puro y duro como es el caso de la referencia que utiliza el Gobierno para calcular la base de esa rentabilidad –el bono Español a 10 años-, pero para una inversión productiva, vamos en medios de producción, esa rentabilidad es claramente insuficiente si tenemos en cuenta que dichos bienes todavía se encuentran en fase de amortización sin haber alcanzado, y quedándoles aún, bastantes años para, repito alcanzar el umbral de rentabilidad. Como hemos visto otras veces, utilizan los términos en base a sus intereses, sin explicar con detalle puesto que si fuera un bono, la rentabilidad indicada sería prácticamente neta puesto que no tiene gastos corrientes y al vencimiento se recupera el capital, aunque visto lo visto, LO DUDO.
P.- Crees que el Real Decreto que desarrolle el retroactivo Real Decreto Ley 9/2013 hablará de los costes de operación y mantenimiento, y de la amortización? ¿los impuestos que vienen pagando los productores como el del 7% a la producción se tendrá en cuenta en el cálculo? ¿En base a qué crees que se debería incluir o no incluir determinados costes en ese 7,5%?
R.- Entiendo o interpreto por la lectura realizada del RDL 9/2013 que los cobros serán doe. Por un lado el 7,5% sobre la inversión (la tipo que considere el Gobierno) y por otro lado se compensarán los gastos corrientes de explotación (de nuevo los que considere como tipos el Gobierno) mediante el cobro de la energía producida a precio de mercado –pool- más un complemento para alcanzar la suficiencia en el cobro para compensar esos gastos corrientes. Entiendo que el impuesto del 7% debería ser un gasto corriente, al igual que lo es el peaje por producción y demás, o cuanto menos, ese 7% del impuesto se debería de aplicar a los ingresos por la venta de la energía o sea por el precio de mercado cobrado, de no ser así, de nuevo estaríamos ante una medida discriminatoria a todas luces, porque Montoro ya advirtió que la aplicación de tasas diferentes para el mismo bien podría ser considera infracción de la norma Europea, pero es igualmente discriminatorio que la tasa sea diferente que sea diferente la base del cálculo o que este contemple otros ingresos diferentes de los puros y duros que obtienen todos los sujetos pasivos por la producción de la energía, o sea los ingresos del pool.
Los costes que se deberían de incluir, ya que supongo que no tendrán en cuenta la amortización del bien deberían ser los financieros, y los corrientes de la actividad tales como seguros, mantenimiento, alquiler cubiertas o terrenos, asesoría y gastos reposición no cubiertos por seguro o garantías aparatos.
P.- ¿Crees que la intención del Gobierno al hablar de inversión y no así de producción trata de dañar al máximo los intereses de los inversores en fotovoltaica, toda vez que muchos no disponen de esa prueba por no haber sido autopromotores.? ¿Si un productor fotovoltaico no tiene prueba del coste por ejemplo de los módulos fotovoltaicos y por ende de su inversión… crees que el Gobierno le pagará ese irreal 7,5% de lo que no pueda demostrar?
R.- Efectivamente, aunque hubo autopromotores, algunos de éstos realizaron leasings de las instalaciones, por lo que las facturas de costes de la instalación la tienen los propios bancos y casi todos los productores fueron instalaciones “llave en mano”, o sea un precio por una instalación en marcha y produciendo. De todas formas, estamos hablando de datos que o bien tiene el banco o bien en el caso de los préstamos tiene hacienda, ya que en el caso de préstamos, los productores solicitarían en enero del año siguiente al del pago de la instalación la devolución del IVA de la instalación o del saldo restante entre éste y el IVA por ingresos por venta.
P.- Dentro de la malintencionalidad del Gobierno en el desarrollo de esta reforma retroactiva ¿Qué opinas de la revisión de la retribución que el legislador ha introducido dentro de seis años?
R.- En principio, puede parecer que con esta medida se otorga un marco de estabilidad evitando oscilaciones, pero claro, teniendo en cuenta que nos encontramos en el punto más bajo o de los más bajos de tipos de interés, es de toda lógica que éstos en algún momento empiecen a subir, dependiendo de la rapidez de ésta subida, podemos hablar que quizá 6 años sea demasiado amplio el período para poder generar minoraciones de ingresos. Yo particularmente propondría la actualización de los ingresos de las plantas a través del nuevo RDL, con algo tan sencillo y lógico como el IPC, pero sin trampas como nos han querido colar con el decreto del cambio del IPC de referencia para las revisones; de tal manera, a los seis años se revisaría el tipo de referencia tomado en cuenta con el precio actualizado durante los seis años dejando en dicha revisión el más positivo (vamos el que más favorezca a los productores).
De todas formas, Carlos, he estado hablando con algunos productores, y la verdad es que por mucho que quieran NADIE ve esta reforma como algo ESTABLE y más teniendo en cuenta todo lo sucedido de 2007 a 2013 (vamos justo 6 años). “A perro flaco todo son pulgas” y tanto el anterior gobierno como éste han conseguido con sus medidas eliminar la seguridad jurídica y la confianza legítima, no sólo de los productores fotovoltaicos o de renovables, sino de todos los españoles en general.
P- ¿Crees que este Gobierno no tiene ninguna política energética clara al modificarnos en la retribución fotovoltaica el IPC general por el IPC subyacente, y meses más tardes… al hablarnos de un tanto por ciento de la inversión, no dejar cabida alguna a la actualización conforme al IPC? ¿En un tanto por ciento y de forma aproximada qué perjuicio económico va a padecer el productor fotovoltaico con la supresión de la tarifa y de su actualización conforme al IPC?
R.- Por supuesto Carlos, el Gobierno no es que no tenga una política energética, que la tiene y a los actos me remito, una política energética que beneficia única y exclusivamente a los intereses de los oligopolios y referencias para demostrar esta afirmación hay más que de sobra, el GOBIERNO NO TIENE VOLUNTAD NI INTENCION DE REALIZAR SUS FUNCIONES, QUE NO SON OTRAS QUE LAS DE ADMINISTRAR DILIGENTEMENTE LA COSA PUBLICA DE TODOS LOS CIUDADANOS. Han perdido la esencia de ser representantes del pueblo para la dirección de mismo, han antepuesto los intereses de las castas –el sistema- a los intereses de los ciudadanos, han antepuesto el interés de unos pocos frente al interés común, por lo que para mi, no me representan y por lo tanto como no desarrollan su función debemos de prescindir de éste sistema para crear desde la base, o sea desde la ciudadanía de un nuevo sistema creado, desarrollado por y para los ciudadanos.
En cuanto al tanto por ciento de perjuicio económico de los productores con la nueva normativa frente a la derogada, que recuerdo fue el marco legal de nuestras inversiones (RD 661/2007 y RD 1578/2008) calculo que será aproximadamente de un 50% o ligeramente superior, pero es un cálculo hipotético, habrá que esperar al desarrollo normativo del nuevo sistema para las renovables.
P.- El Gobierno tiene de plazo para promulgar el Real Decreto que desarrolle el Real Decreto Ley 9/2013 hasta fin de año. ¿Crees que le interesa promulgarlo cuánto más tarde mejor? ¿Por qué?
R.- Si y no, me explico, si porque pase lo que pase ahora mismo, hoy nos encontramos en una situación transitoria, que permite al Gobierno el tener más tiempo para maquinar lo que más le interese habida cuenta que todo lo que cobremos de aquí a final de año (eso si bajo el marco normativo anterior) son cantidades provisionales y a partir del 1 de Enero de 2014 serán regularizadas con las cantidades que nos hubieran correspondido con la nueva normativa desde hoy procediendo a liquidar el exceso o el defecto en las liquidaciones de 2014 (seguro que por exceso no cobraremos) y no le interesa porque el arbitraje desarrollado por los fondos internacionales debería de tener sentencia antes de final de año y previsiblemente ésta será contraria a los intereses del Gobierno, por lo que si no tienen desarrollada la normativa antes del laudo, siendo favorable a los fondos paralizaría todos los planes normativos y si por el contrario fuera favorable al gobierno, con más motivo desarrollaría la normativa como la tiene prevista o incluso más restrictiva. Es una situación difícil para el Gobierno, aunque habida cuenta de la facilidad que tiene para realizar “chapuzas” en éste sector y en otros, una más casi pasaría desapercibida.
P.- Somos conocedores de que el 7,5% de la inversión es el límite máximo que los productores fotovoltaicos cobraremos en función de los kilowatios producidos y que el resto lo cobraremos a precio de pool ¿Crees que el Gobierno al hablar de una retribución consistente en el 7,5 % de la inversión y no en función de la producción olvida lo importante que es la eficiencia energética?. ¿De ahora en adelante interesa invertir en mantenimiento de la instalación?
R.- Creo, que estás en un error, mi interpretación del RDL 9/2013 es que tendremos dos cobros, por un lado el 7,5% sobre la inversión y por otro lado el cobro de los gastos de explotación que a su vez se compondrán de los ingresos por la energía producida a precio de pool y en caso que estos ingresos no cubrieran los costes de explotación que determinen, se completarían por un ingreso o complemento por eficiencia (vamos por darle un nombre) que sería suficiente para cubrir esos gastos tipos de explotación. Ciertamente de ésta manera, NO APUESTAN POR LA EFICIENCIA, pero es que hay muchos intereses para que las instalaciones no sean eficientes o sea que no sean rentables para EL SISTEMA ELECTRICO y detrás de esos interese están las grandes eléctricas tapando sus pufos empresariales (contratos del gas; ciclos combinados, centrales nucleares amortizadas y obsoletas produciendo, etc.)
P.- ¿Crees que una de las intenciones del legislador, al pagar los kW verdes en función de la inversión, es la de evitar que los productores repotenciemos las plantas, y produzcamos mucho menos? ¿Crees que la intención del legislador es que produzcamos menos para que puedan producir más las Grandes Eléctricas de UNESA aumentando el precio del Pool y en consecuencia el recibo de la luz?.
R.- Nunca, desde 2010 ha sido interesante el repotenciar (desde el RDL 14/2010) puesto que sólo se consideraba tanto para el tope a cobrar como para otras cosas, la potencia nominal de las instalaciones, otra medida totalmente injusta y arbitraria, y más teniendo en cuenta que las administraciones autonómicas, las que autorizaban las instalaciones tenían constancia escrita tanto de la potencia nominal como de la pico e incluso una previsión de la energía que generaría la instalación. Ahora, el futuro de la fotovoltaica se encuentra en el autoconsumo y en las megainstalaciones, pero creo que durante muchos, muchos años no vamos a ver un cambio tendente a apoyar con fuerza estos tipos de instalaciones, salvo que ocurra un milagro o una revolución ciudadana.
Muchas gracias Rafa por responder a muchas de las dudas que surgen a nuestros lectores en relación a este nuevo e injusto atentado a las renovables.
Esperamos volver a contar pronto con tu presencia.
Desde este lugar de entrevista y de encuentro ponemos a disposición de nuestros lectores la posibilidad de dirigir directamente al entrevistado las dudas o comentarios que les surjan cumplimentando debidamente la siguiente tabla de recogida de datos:
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