El legislador ha dejado muchas lagunas y dudas en la redacción del Real Decreto 235/2013 de Certificación Energética de inmuebles destinados a alquiler o venta. En esta sección de Consultorio resolvemos muchas de estas dudas.
Son muchas las dudas e inquietudes que suscita la promulgación del Real Decreto 235/2013 de Certificación Energética suscita entre ciudadanos y profesionales del ramo.
Entre las consultas más frecuentes mostramos la siguiente:
P.- ¿Qué tipo de certificado de eficiencia energética deben obtener los edificios construidos que todavía no disponen de cédula de primera ocupación?
R.- Los edificios construidos a partir de la entrada en vigor del derogado Real Decreto 47/2007, tienen la obligación de disponer el certificado de certificación energética del edificio, con independencia de que dispongan o no de cédula de primera ocupación.
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Junto con Grupo MET, ECODES lanza la primera edición de los Premios Green CommYOUnity, que repartirán 25 000 euros entre las dos propuestas ganadoras.
Los proyectos deberán cumplir requisitos mínimos de creación de empleo y autoconsumo proporcionales a la capacidad de acceso solicitada; por ejemplo, cada MW de capacidad de acceso debe traducirse en la instalación de 2 kW de autoconsumo.