Los Políticos defienden el autoconsumo eléctrico en la modalidad de Balance Neto por entender que constituye un sistema en el que el consumidor genera «in situ» parte de la energía eléctrica que consume, en la cubierta de la propia instalación.
Desde el Grupo Parlamentario Socialista se ha solicitado recientemente en la Mesa del Congreso de los Diputados la promulgación de una Proposición no de Ley sobre que regule las condiciones administrativas, técnicas y económicas vinculadas a la modalidad de suministro de energía eléctrica con balance neto.
Entre las principales razones que ofrecen para que concluya esta regulación nos encontramos las siguientes:
1.ª Como alternativa tras la moratoria del sector renovables:
El Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, "por el que se procede a la suspensión de los procedimientos de preasignación de retribución y a la supresión de los incentivos económicos para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de cogeneración, fuentes de energía renovables y residuos", resultó convalidado por el Pleno del Congreso de los Diputados en sesión celebrada el pasado 8 de febrero. El resultado más claro es que se produce la paralización, por tiempo indefinido, del sistema de fomento de las energías renovables existentes hasta la fecha en España, basado en la asignación de tarifas de inyección a red, ya su vez, en el control mediante cupos, del volumen de nueva potencia a instalar.
Se produce una paralización de los diversos sectores afectados por el Real Decreto-ley, por lo que se estima necesario profundizar en el avance de nuevas fórmulas laterales que a la vez de impedir el frenazo tecnológico que la norma conlleva en nuestro país, puedan abrirse nuevos horizontes y fórmulas de distribución al amparo de la normativa en vigor. Algunas tecnologías, principalmente la solar fotovoltaica, pueden encontrar en el autoconsumo una alternativa a las tarifas de inyección de red.
2.ª Como necesidad intrínseca de la solar fotovoltaica:
El autoconsumo en su modalidad de balance neto, es la vía natural de la energía solar fotovoltaica y la eficiencia energética.
3.ª Por su sustento legal:
- La Directiva 2004/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, relativa al fomento de la cogeneración sobre la base de la demanda de calor útil en el mercado interior de la energía y por la que se modifica la Directiva 92/42/CEE, tiene como objetivo incrementar la eficiencia energética y mejorar la seguridad de abastecimiento mediante la creación de un marco para el fomento y desarrollo de la cogeneración de la alta eficiencia de calor y electricidad basado en la demanda de calor útil y en el ahorro de energía primaria, teniendo en cuenta las circunstancias nacionales específicas. Uno de los objetivos expresos citados en la misma, es la promoción de instalaciones de pequeño tamaño.
- Del mismo modo, la Directiva 2009/28/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE, establece la obligación de racionalizar y acelerar los procedimientos administrativos de autorización y conexión de redes de distribución y transporte de energía eléctrica, instando a establecer procedimientos de autorización simplificados. Igualmente regula las líneas generales que deben regir el acceso a las redes y funcionamiento de las mismas en relación con las energías renovables tendido en cuenta el futuro desarrollo.
- La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinas medidas en el sector energético y se aprueba el Bono Social, así como el Real Decreto 616/2007, de 11 de mayo, sobre fomento de la cogeneración, el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial y el Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica constituyen el marco normativo sobre el que se debe desarrollar la cogeneración de la alta eficiencia y la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en los próximos años en nuestro país.
4.ª Por los destinatarios del Balance Neto:
El sector terciario y el doméstico configuran grandes consumidores energéticos en forma de electricidad y calor y está constituido por numerosos consumidores de pequeñas potencias que suelen estar mayoritariamente conectados en baja tensión hasta 400 V, aunque algunos grandes edificios se conectan en alta tensión entre 1 kV y 36 kV. El pequeño tamaño de algunas instalaciones de energías renovables y de cogeneración de pequeña escala y el conocimiento disponible del sistema de distribución en ciudades permite determinar un conjunto de situaciones en las que la conexión a la red es siempre factible sin que requiera costosos estudios y tiempo de dedicación por parte de las empresas distribuidoras. Esta estructura específica del sector terciario y doméstico debe ser tenida en cuenta a la hora de adoptar medidas concretas que fomenten una mayor penetración de las tecnologías de energías renovables y de la tecnología de cogeneración. Por ello, la racionalización y aceleración de los procedimientos administrativos para la obtención de los permisos que permitan una mayor capacidad de generación se considera una prioridad para la consecución de los objetivos señalados.
5ª. Como cambio de modelo: De centralizada a distribuida.
Es suficientemente conocido que el sistema de generación de energía eléctrica tradicional se ha caracterizado por ser un esquema de generación centralizado, unidireccional y con pocas medidas de control sobre la actuación de la demanda. Por ello a lo largo de los últimos años se ha ido conceptualmente evolucionando hacia un nuevo modelo en el que la generación de electricidad distribuida, generalmente de pequeña potencia, se vaya integrando de manera eficaz en la red como un elemento de eficiencia, de producción y de gestión y no tan sólo como una simple conexión para la entrega de la energía eléctrica producida. Este modelo de generación distribuida presenta beneficios para el sistema con la reducción de pérdidas en la red, la reducción de necesidades de inversiones en nuevas redes y en definitiva una minimización del impacto de las instalaciones eléctricas en su entorno.
6ª. Por abaratamiento de sus costes gracias a su curva de aprendizaje y al I+D:
Asimismo, la evolución tecnológica y comercial de las energías renovables en la actualidad y la prevista para el futuro, está permitiendo la reducción de sus costes de inversión. Por otro lado, en un contexto de mercado eléctrico liberalizado, en el que los precios finales de la electricidad, reflejan las fluctuaciones de los mercados diarios, las energías eléctricas renovables representan una opción de interés para los usuarios tanto mayor cuanto más se asemejen sus perfiles de consumo y de generación.
7ª. Por la llegada del Grid Parity ó Paridad de Red:
Este escenario facilita la llegada de la paridad de red para las energías eléctricas renovables, entendiendo esta paridad de red como el punto de indiferencia entre la compra de energía eléctrica al sistema y la producción individual de la misma para el propio consumo.
Cuando se alcanza este punto de paridad de red para el consumidor, el coste de producción individual de energía para el propio consumo es igual al precio de referencia de electricidad consumida de la red, de manera que el coste de oportunidad del consumidor es nulo.
8ª. Por su compensación de saldos:
Se trata pues de avanzar hacia un sistema de generación distribuida mediante un mecanismo de compensación diferida de saldos de energía en instalaciones de pequeña potencia para el consumo en la misma ubicación. Por tanto, definida la modalidad de suministro de balance neto como aquel sistema de compensación de saldos de energía de manera instantánea o diferida, que permite a los consumidores la producción individual de energía para su propio consumo para compatibilizar su curva de demanda; este sistema se aprecia como especialmente interesante para las instalaciones de generación eléctrica con fuentes renovables no gestionables, como eólica o solar, ya que les permite adecuar su producción al consumo sin necesidad de acumulación. El sistema de balance neto se podrá aplicar a cualquier tecnología renovable de generación eléctrica.
9ª.- Por poder ser individualizado y compartido:
Según los Políticos el Balance Neto Individualizado se ha de configurar como un sistema de compensación de créditos de energía en un periodo de tiempo tasado, que se ha de aplicar al consumidor que disponga de una instalación individual de generación conectada a su red eléctrica interior.
Esta misma formula puede hacerse extensible a la fórmula de Balance Neto Compartido por varios consumidores agrupados en colectivos cívicos, comerciales e industriales de pequeñas industrias de consumo de potencia tasado.
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