Si no autoriza la Junta de Extremadura la transmisión de la titularidad antes de que la planta estuviera totalmente construida, ¿ello implica que los derechos enajenados por la promotora carezcan de validez para la explotación de la planta.?
Los objetivos de potencia para la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, para las tecnologías solar termoeléctrica y eólica son 500 MW y 20.155 MW, respectivamente.
¿¿Sabía que la Administración tiene, en todo caso, el deber de resolver expresamente, ya que el silencio administrativo es una ficción que la Ley establece en beneficio del que incoó un procedimiento para que pueda entender desestimada su petición??
Se amplía el plazo hasta el 10 de noviembre de 2009, para presentar solicitudes para subvenciones para instalación de energias renovables en las Islas Baleares. Se adjunta Resolución y Documentos.
Suelo Solar entrevista nuevamente a D.Jorge González Cortes, Director Comercial de Gesternova, comercializadora de electricidad exclusivamente de origen renovable, quien nos resolverá las dudas suscitadas a los promotores solares.
La Audiencia Provincial de Badajoz, resolvió por sentencia de fecha 6 de julio de 2.009, si se puede reclamar el daño emergente o el lucro cesante a un promotor fotovoltaico que incumple determinados aspectos de su actividad.
Resol. de 16/09/2009, de la Consejería de Industria, Energía y M.Ambiente, convocando ayudas para el aprovechamiento de energías renovables en Castilla-La Mancha, para 2009, en las áreas tecnológicas solar térmica, biomasa térmica y fotovoltaica aislada.