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III Entrevista a D. Jorge González Cortes, Director Comercial de Gesternova.

2-11-09. Carlos Mateu
lunes, 2 noviembre 2009.
Carlos Mateu
III Entrevista a D. Jorge González Cortes, Director Comercial de Gesternova.
Suelo Solar entrevista nuevamente a D.Jorge González Cortes, Director Comercial de Gesternova, comercializadora de electricidad exclusivamente de origen renovable, quien nos resolverá las dudas suscitadas a los promotores solares.

Buenos días Jorge: Es un placer tenerte nuevamente con nosotros, esta mañana de lúnes y volver a entrevistarte. Son muchas las lagunas de conocimiento de los promotores fotovoltaicos en torno a la figura del agente comercializador. Entre ellas, la de si tienen o no derecho a percibir el complemento por reactiva,...  que sucederá con los promotores que aún no hayan designado agente comercializador... ¿asumirán las penalizaciones por desvíos...?.... Por ello, quería preguntarte...

P. Ya ha llegado la fecha del uno de noviembre y todavía existen muchos productores fotovoltaicos que no han designado un representante. ¿Cuáles son las consecuencias?
R. La principal consecuencia es que a partir de dicha fecha, pasarán a estar representados por el CUR de la zona donde se encuentre ubicada la instalación. Es lo que ocurrirá en la mayoría de los casos y por tanto, el coste de la representación para estos productores será de 10€ por MW exportado a la red.
Además, aquellas instalaciones con potencias superiores a 15kW, que deberán hacer programaciones horarias de la energía a exportar, comenzarán a sufrir penalizaciones por desvíos, lo cual supondrá en muchos casos, una merma importante de sus ingresos por la venta de la energía.
GESTERNOVA asume para estos productores el coste de los desvíos, por lo que el ahorro al escogernos, no solo está en el coste de representación, también en este concepto.
P. Hablando de conceptos, hay uno que no deja de aparecen en los foros y no es otro que el de “complemento por energía reactiva”.  ¿Qué nos puedes aclarar sobre este complemento?
R. Como indicas en el enunciado de la pregunta, es un complemento que los productores del régimen especial tiene derecho a percibir siempre y cuando mantengan determinados valores del factor de potencia.
Hasta ahora, el distribuidor liquidaba a los productores por la venta de la energía y de los complementos que correspondiesen en cada caso. A partir de ahora, será la CNE la que se haga cargo de pagar tanto los complementos como la diferencia entre la prima que reconocen los sucesivos RDs y el precio de mercado.
Nosotros siempre nos hemos preocupado de que los propietarios de las instalaciones a las que representamos en el mercado, cobrasen dicho complemento.
¿Por qué entonces muchos productores no estaban percibiendo el complemento por reactiva?
R. Aventurarse a dar una sola explicación me parece atrevido, si bien puedo decir que en algunos casos, se trata simplemente de que el productor desconoce que tiene derecho a percibirlo y a su vez, el distribuidor no tiene ninguna obligación de hacérselo saber a sus representados.
P. Otro de los nuevos acrónimos que entran en juego es el denominado CIL. ¿Puedes explicar en qué consiste o como se obtiene?
R. El CIL, es el código de la instalación a efectos de liquidación. En otras palabras, es el código con el que cada uno de los agentes que intervienen en la liquidación de la primas, complementos etc. Identifica a cada una de las instalaciones FV que están conectadas al sistema. Asociado al CUPS, y formado por tres valores numéricos, supone una especie de carnet de identidad para toda la vida de la planta.
P. Todas estas definiciones y nuevos conceptos, nos ayudan a despejar dudas sobre los procedimientos que llevan a los propietarios de plantas fotovoltaicas a recibir mensualmente, el importe de la liquidación que les corresponde por la venta de la energía. Finalmente y después de tantas dudas, ¿Cómo será el proceso?
R. El proceso, con la entrada en escena de los representantes de mercado y de la CNE tenderá a simplificarse una vez implantado.
A grandes rasgos, OMEL liquidará según el caso directa o indirectamente a través de su representante  la parte de la retribución correspondiente a los productores al precio de mercado, mientras que la CNE se hará cargo de los complementos, penalizaciones y prima.
Al actuar el representante por cuenta del productor como en nuestro caso, este solo debe preocuparse de recibir su factura mensualmente y de cobrar su dinero a continuación.
P. Según la información publicada por la CNE, los productores podrán percibir las primas o primas equivalentes más los complementos por reactiva o los que correspondan según el tipo de instalación directamente del citado organismo. ¿Supondrá esto una ventaja para los productores?
R. En mi opinión, puede suponer una ventaja para los propietarios de grandes plantas que disponen de departamentos administrativos que se encargan de todas las cuestiones relacionadas con el cobro de facturas etc. Para los pequeños productores, creo que supone un engorro, al tener que preocuparse de la gestión de la factura que le llegará de su representante y de la que recibirá de la CNE.
En todo caso, los representantes siempre defendemos los intereses de los productores y reclamamos en caso de discrepancias.
Los representantes de mercado entendemos las inquietudes de los productores por los retrasos en los pagos etc. Pero debo decir que nuestro papel es el de intermediario ante OMEL y la CNE y que lógicamente defenderemos todos sus intereses en todos los aspectos, plazos de cobro, reclamaciones por errores en liquidaciones, etc.  

Muchas gracias Jorge por tu magnifica exposición sobre la situación actual del Agente comercializador, y resolvernos como siempre todas nuestras nuevas dudas en torno a la venta de energía desde la entrada en vigor de la figura del comercializador.
Esperamos volver a contar pronto con tu presencia.

Desde este lugar de entrevista y de encuentro ponemos a disposición de nuestros lectores la posibilidad de:
1.- dirigir al entrevistado las dudas o comentarios que les surjan, y/o
2.- solicitarle una presentación y oferta económica de los servicios que presta la empresa a la que representa.

 

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