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La Asamblea de ASIF quiere mirar al futuro y exige una regulación que lo permita.

27-3-11. Antonia Lecue
domingo, 27 marzo 2011.
Antonia Lecue
La Asamblea de ASIF quiere mirar al futuro y exige una regulación que lo permita.
La recuperación de la seguridad jurídica obliga a replantear las medidas retroactivas aprobadas recientementeUrge la aprobación del Real Decreto que simplifica los procedimientos administrativos, ya informado a favor por la CNE en Septiembre de 2010.

El autoconsumo de electricidad fotovoltaica, viable a muy corto plazo, todavía no cuenta con una regulación
Los requerimientos de adaptación a las necesidades de gestión del sistema eléctrico son imposibles de cumplir en los plazos establecidos, por lo que procede prorrogarlos
La Asamblea de la Asociación de la Industria Fotovoltaica (ASIF), reunida ayer en Madrid, quiere mirar al futuro y seguir desarrollando su actividad en España, razón por la que exige al Gobierno que promulgue una regulación que lo permita, más allá de las restrictivas y perjudiciales normas aprobadas recientemente. Para ello, considera indispensable la recuperación de la seguridad jurídica, la simplificación de procedimientos administrativos, el desarrollo de una normativa sobre autoconsumo de electricidad fotovoltaica y el establecimiento de plazos realistas para la adaptación de las instalaciones solares a las necesidades de gestión del sistema eléctrico.
Representantes de los 444 socios de ASIF se reunieron ayer en Madrid para celebrar la Asamblea Ordinaria de 2011, después de un ejercicio marcado por la aprobación del Real Decreto 1565/2010 y el Real Decreto-Ley 14/2010, normas retroactivas cuyo proceso de alumbramiento obligó a la Asociación a convocar dos asambleas extraordinarias.
Durante el evento, quedó patente el deseo de la Asociación de mirar al futuro y seguir desarrollando el mercado y la tecnología fotovoltaica en España, más allá de los severos perjuicios que acarrea la aplicación de las citadas normas y con independencia de lo que sobre su legalidad sentencien finalmente los tribunales de ámbito nacional e internacional ante los que están siendo recurridas.
Con este planteamiento, ASIF considera que para conseguir un desarrollo estable y sostenido de la energía fotovoltaica en España –cuya urgencia ha crecido exponencialmente con la coyuntura energética internacional, marcada por la inestabilidad en los países árabes y el desastre en Japón–, es imprescindible que el marco regulatorio avance en varios aspectos clave:
Seguridad jurídica
El replanteamiento de las medidas retroactivas introducidas por el RD 1565/10 y el RD-L 14/10 es básico para recuperar la seguridad jurídica y la confianza de los inversores en el sector fotovoltaico español. Así mismo, ello evitaría un grave daño económico directo para unas 200.000 personas afectadas y cerraría las numerosas actuaciones judiciales en curso, como los recursos que varias comunidades autónomas están presentando ante el Tribunal Constitucional.
Simplificación de procedimientos administrativos
España es el país europeo donde más lenta y cara es la tramitación de proyectos fotovoltaicos. Para solventar buena parte de este gran problema, especialmente para las instalaciones incorporadas a la edificación, el Gobierno elaboró un Real Decreto de conexión de instalaciones de pequeña potencia que ya fue informado positivamente por la Comisión Nacional de Energía en septiembre de 2010, pero que aún no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Desarrollo del autoconsumo
La reducción de los costes de generación fotovoltaicos y el progresivo aumento de los precios de la electricidad garantizan que el autoconsumo de energía solar sea rentable por sí mismo a corto plazo, si no lo es ya en aquellas regiones con más irradiación del país, como las Islas Canarias. Por consiguiente, es urgente regular el autoconsumo para que los consumidores puedan beneficiarse de este tipo de aplicación de la energía fotovoltaica.
Adaptación a las necesidades de gestión del sistema eléctrico
El RD 1565/10 establece una serie de requisitos técnicos para las instalaciones fotovoltaicas –telemedida, adscripción a un centro de control y soporte de huecos de tensión– con unos plazos temporales imposibles de  cumplir, entre otras cosas porque aún no están definidos los procedimientos de homologación de los equipos que permiten la adaptación de las instalaciones a las necesidades del sistema eléctrico. Ante esta realidad, procede extender los plazos establecidos.

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