Gran parte del sector fotovoltaico dice que sí, y otra parte del sector defiende que no. En este post te lo contamos.
La postura técnica que defiende que el Real Decreto 244/2019 de 5 de abril, de condiciones administrativas, técnicas, y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, sí establece un balance neto, se basa en que esta normativa establece una compensación de consumo, en el sentido de que los excedentes que genera nuestra planta fotovoltaica van a ser vertidos a la red eléctrica, y la red eléctrica a través de las comercializadora va a compensar este vertido al final del mes en nuestra factura eléctrica.
En este sentido, hemos de señalar que técnicamente esta postura es correcta, pero desde el punto de vista económico no es así.
Los que defendemos que el Real Decreto 244/2019 no regula el autoconsumo fotovoltaico por balance neto: nos basamos en que los excedentes que vamos a verter a la red los vendemos a precio mayorista (0,04 – 0,06 €/kWh), y los que consumimos de la red los compramos a precio minorista (0,15 €/kWh).
He aquí el verdadero negocio del oligopolio eléctrico. Si no deseas pasar por este aro, te obligan a almacenar la energía excedentaria a una batería, que tampoco trae mucha cuenta por su elevado coste.
Recordemos que la energía excedentaria la podemos vender a través de dos sistemas que tenemos:
a) Si tenemos la Tarifa regulada del PVPC (Precio voluntario del pequeño consumidor): el precio va a ser el PMH (precio medio horario) menos los desvíos. Es un precio que varía cada hora a lo largo de todo el año. Aproximadamente este precio ronda los 0,05 y los 0,07 €/kWh.
b) Si tenemos la tarifa libre, nuestra comercializadora nos ofrecerá de forma unilateral y no negociada una tarifa por esa energía vertida excedentaria. Existen muchas comercializadoras de energía, por lo que podremos elegir la que más nos guste.
Por ello, para poder afirmar que existe balance neto en España, tendríamos que cambiar kWh por kWh al mismo precio, pero no con un diferencial de un 250%.
En muchos países vecinos de la UE, se ha apostado de cara al sistema de compensación energética por el balance neto, y como tal en estos países esta compensación es una compensación energética. Para que lo entendamos viene a ser las gallinas que entran por las gallinas que salen, es decir si excedo 1kw de potencia a la red pública, puedo coger gratis 1kw de potencia de la red y me será compensado 1 a 1 en nuestra factura de la luz y como tal así vendrá reflejado.
Sin embargo en este país en el que nos gobiernan las Eléctricas y la banca, esto lo hemos disfrazado con el nombre de acogernos a sistema de compensación.
Este sistema de compensación no es un sistema de compensación energético a lo sumo, sino un sistema de compensación económico, y por tanto queda en mano de las comercializadoras el precio de compensación.
Como decíamos más arriba no serán las gallinas que entran por las que salen, sino las gallinas que salen, serán devueltas por gorriones.
¡Con lo fácil que es tomar buen ejemplo de algunos países vecinos!
En definiva, no llamemos a esta compensación Balance neto, sino Compensacion de Consumo, como así lo llama el citado Real Decreto 244/2019.
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