NORMATIVA DE CARACTER ESTATAL.
La presente Ley regula las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica, consistentes en su generación, transporte, distribución, comercialización e intercambios intracomunitarios e internacionales, así como la gestión económica y técnica del sistema eléctrico. La regulación de dichas actividades tiene por finalidad: a) La adecuación del suministro de energía eléctrica a las necesidades de los consumidores, y b) La racionalización, eficiencia y optimización de aquellas, atendiendo a los principios de monopolio natural del transporte y la distribución, red única y de realización al menor coste. Las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica se ejercerán de forma coordinada bajo los principios de objetividad, transparencia y libre competencia.
NORMATIVA DE CARACTER ESTATAL.
NORMATIVA DE CARACTER ESTATAL.
Hoy día 7 de mayo se publica en el B.O.E. el Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social modificativa de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.
El objeto de la Propuesta es desarrollar los preceptos de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, modificados por la Ley de Servicios, con el fin de adaptar la normativa a los nuevos requerimientos contemplados en dicha norma.
Para mayor transparencia y seguridad regulatoria, los informes de la CNE relativos a retribución de las actividades eléctricas cuando sean competencia de la Administación General del Estado deben ser determinantes y preceptivas.