Los promotores de renovables necesitarán el acuerdo de los propietarios y tendrán que presentar los proyectos a los ayuntamientos en Catalunya
El nuevo Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural pondrá un techo comarcal de instalaciones para proteger el cultivo y repartir el nombre los parques energéticos por todo el país.
El Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural modificará el Decreto de los renovables, que regula el despliegue de las instalaciones eólicas y fotovoltaicas. Los cambios responden a tres objetivos.
El primero, asegurar la participación del territorio, para impedir que proliferen proyectos sin el acuerdo de los propietarios de los terrenos ni con el desconocimiento de los ayuntamientos.
El segundo, distribuir el número de instalaciones, para evitar la concentración de equipaciones en las mismas zonas.
Y, el tercero, impedir que la transición energética comporte la sustitución masiva de campos de cultivo por placas fotovoltaicas y generadores eólicos.
El acuerdo del territorio, una condición indispensable
Los proyectos fotovoltaicos y eólicos solo podrán iniciar su tramitación si cuentan con el acuerdo mayoritario de la propiedad de los terrenos, que se podría situar en el entorno del 85% de la superficie. Además, para presentar los proyectos, los promotores también tendrán que acreditar que han informado los ayuntamientos correspondientes.
Tanto el acuerdo de los propietarios como el conocimiento de los ayuntamientos será un requisito indispensable para todos los proyectos todavía pendientes de salir a información pública.la transición energética, una responsabilidad compartida.
La nueva regulación responde a la demanda del territorio, que se ha sentido excluido del despliegue de los energías renovables previsto por el Decreto Ley 16/2019. Desde la aprobación de esta norma, a finales de noviembre del 2019, los promotores han presentado 522 anteproyectos. La Generalitat ha recibido 380 propuestas de instalaciones fotovoltaicas y 142 de eólicas. El órgano encargado de analizar la viabilidad del emplazamiento, denominado “Ponencia de las renovables”, ha analizado 392. De estas, ha dado el visto bueno a la tramitación de 253, entre las cuales 4 ya han llegado al trámite de información pública.
La concreción de la norma permitirá la supresión de la consulta previa sobre la viabilidad del emplazamiento, porque la idoneidad ya no dependerá del punto de vista de los departamentos implicados sino de una norma clara, con rango de ley.
Estímulo de las comunidades energéticas
El Gobierno declarará de interés territorial estratégico todas las “comunidades energéticas locales”, que son plantas participadas por ayuntamientos y vecinos.
El objetivo de esta medida es estimular la proliferación de instalaciones de autoabastecimiento doméstico de proximidad y democrático, como alternativa a los grandes oligopolios del sector. En este sentido, los proyectos de comunidades energéticas locales tendrán prioridad en la tramitación administrativa.
De acuerdo con la voluntad de estimular los comunidades energéticas locales, la nueva regulación también abrirá la puerta a la instalación de pequeñas plantas tanto en suelo urbanizable, como en polígonos sin actividad, que están urbanísticamente planificados, pero que no se ha desarrollado.
Una equipación fotovoltaica de 5 MW ocupa una superficie en torno a 10 ha y puede generar la electricidad necesaria para 2.500 hogares. El objetivo del nuevo Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural es que las comunidades energéticas y el autoconsumo lleguen a producir el 30% de la energía que es consume en Cataluña, que es más de la necesaria para alcanzar los hogares de todo el país.
Sin embargo, las grandes instalaciones eléctricas serán necesarias para garantizar el consumo a la industria y a los servicios.
Proteger la agricultura e impedir la masificación de plantes en las mismas comarcas
La falta de límites para el volumen de instalaciones supone una amenaza para la actividad agrícola, la producción de alimentos y la biodiversidad. El artículo 7.1 del Decreto Ley 16/2019 permite que los oligopolios energéticos alquilen los campos de cultivo por un precio que puede ser mucho más rentable que la actividad agraria. El cierre de la actividad también comporta el abandono de la ganadería, el descuido de los bosques y el despoblamiento rural.
Para impedirlo, la nueva regulación protegerá los campos de cultivo más favorables para la agricultura que, en ningún caso, no se podrán utilizar para plantes fotovoltaicas ni eólicas. El suelo con menor calidad, estará sujeto a un tope de ocupación máxima del 5% de la superficie en el caso de regadío y del 10% en el de secano. La modificación establecerá que esta parte proporcional se aplique por comarcas. En cambio, no pondrá ningún límite en los campos agrícolas menos proclives al cultivo.
La referencia para la calificación del suelo será la capacidad *agrològica que indica el Instituto Cartográfico de la Generalitat.
Protección del suelo en función de la calidad para la agricultura (capacidad agrològica)
La nueva norma solo exceptuará los campos abandonados que se han convertido en bosque porque hace 20 o más años que ya no los cultiva nadie. En estos casos, también se podrán situar plantes energéticas, sea cual sea su capacidad agrològica. Según datos del propio Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, en los últimos 20 años, Cataluña ha acumulado en torno a 100.000 Has. abandonadas.
El tope comarcal para plantas de energías renovables también contribuirá a un reparto equitativo de las instalaciones eólicas y fotovoltaicas, de acuerdo con un criterio de solidaridad interterritorial.
Una propuesta para consensuar con los sectores afectados
El Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural quiere tener la norma modificada este otoño. Es por eso que, ahora, inicia una ronda de contactos que incluirá el mundo local, entidades ambientalistas y campesinado para contrastar puntos de vista e impulsar un acuerdo lo más consensuado posible.
Esta ronda de contactos también incluirá a las patronales del sector energético. La modificación de la norma vigente es una de las prioridades del nuevo Gobierno. Es por eso que aplicará la fórmula del Decreto Ley, como medida urgente, sin esperar a la tramitación de la futura Ley de transición energética y del Plan Territorial Sectorial de Despliegue de los Energías renovables.
En cualquier caso, esta ley sí que incorporará los cambios y se convertirá en la regulación definitiva para el despliegue de las energías renovables.
Hacer posible el cierre de las nucleares
El impulso de las energías renovables tiene que servir para lograr el objetivo de la Ley del cambio climático (16/2017), que es la neutralidad climática. La norma establece que en el año 2030, el 50% del consumo eléctrico de Cataluña tiene que ser de fuentes renovables; condición indispensable para el cierre de los centrales nucleares. Esta proporción tiene que crecer hasta el 100% en el 2050.
Hoy, el 54% de la energía eléctrica consumida en Cataluña sale de las tres centrales nucleares que hay en marcha. El Parlamento de Cataluña estableció el 2027 como límite para el cierre de todos los reactores atómicos pero, posteriormente, el gobierno español alejó el horizonte hasta el 2035.
Según la planificación del Ministerio para la Transición Ecológica, Ascó I cerrará el 2030, el 2032 lo hará Ascó II y, finalmente, el 2035 cerrará Vandellòs y ya no quedará ninguna nuclear en activo.
Producción de energías renovables en Catalunya:
Estimación del Instituto Catalán de Energía
Por tanto, antes del cierre de los nucleares, la producción de eólica se tiene que multiplicar por 3 y la fotovoltaica lo tiene que hacer por 17,5. Para llegar al 2050 con el 100% de energías renovables hacen falta 48.000 MW, 36.000 MW de los cuales, fotovoltaicos. Para producirlos, se precisan 70.000 hectáreas para placas solares. Entre los campos de regadío y de secano, Cataluña suma 855.000 Has., así la producción de la energía solar necesaria para el 2050 solo requeriría la utilización del 8% de los campos de cultivo.