La Certificación Energética diagnostica la situación energética de los inmuebles.
Suelo Solar entrevista a D. Javier Alarcón Marín, experto en energías renovables y eficiencia energética, quién aboga por promover la eficiencia energética y el ahorro en los inmuebles.
Buenas tardes D. Javier:
Agradecerte tu presencia en el día de hoy.
El objeto de esta entrevista es conocer tu opinión sobre la aplicación práctica que va a tener en España la certificación energética.
El pasado día 13 de abril, se promulgó en el BOE el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. A raíz de este Real Decreto, a partir del pasado día 1 de junio, los propietarios de los inmuebles deberán disponer y registrar en su Comunidad Autónoma el certificado de eficiencia energética para vender o alquilar los mismos.
Y no sólo deben disponer y registrar los propietarios de inmuebles destinados a la venta o arrendamiento estos certificados...deberán publicitarlos. En esta línea las agencias inmobiliarias, tanto en sus escaparates, como en sus Webs, así como en los portales de internet inmobiliarios, deberán publicitar la etiqueta energética de los inmuebles objeto de compraventa o arrendamiento. Algo totalmente revolucionario en el sector inmobiliario español...
Para los que no conozcan a D. Javier Alarcón Marín señalar que es Director de TCE (Top Certificación Energética), Arquitecto, experto en energías renovables, y eficiencia energética.
Su misión en esta entrevista, es compartir con todos nuestros lectores su visión práctica de la certificación y de la etiqueta energética de los inmuebles....
Si te parece bien Javier, comenzamos con la entrevista....
P.- ¿Consideras que el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, va a potenciar la eficiencia energética de los inmuebles?
R.- Gracias Carlos. Lo primero quiero agradeceros desde Top Certificación Energética la oportunidad de ofrecer nuestra visión sobre algunas cuestiones relacionadas con el certificado energético que son de interés para muchos de vuestros lectores.
Pasando a responder la cuestión, pienso que es uno de sus objetivos sin duda. Podemos intentar predecir como evolucionará el sector residencial pero solo el tiempo contestará a esta pregunta. Nuestra postura es que en mayor o menor medida potenciará la eficiencia energética del parqué inmobiliario español porque ahora empezarán a ser conscientes los propietarios de viviendas del pobre rendimiento energético que tienen muchas de ellas y las posibilidades de ahorro de energía que tienen si se acometieran ciertas reformas.
P.- ¿Podrías explicar a nuestros lectores cual es el objetivo de la calificación y certificación energética?
R.- Informar acerca del comportamiento energético de los inmuebles y conseguir ahorrar energía a través de la mejora de la eficiencia energética. ¿Como se consigue esto? Muy facil, poco a poco la población empezará a demandar viviendas con mejores calificaciones energéticas y para hacer sus viviendas más atractivas al mercado inmobiliario los propietarios entenderán que rehabilitar energéticamente su piso es la solución para lograrlo. ¿Conoces a alguien que compre un frigorífico con calificación energética “C”? .De esta forma el sector residencial debe ir reduciendo su consumo de energía y siendo más eficiente.
P.- ¿Considera adecuados los programas informáticos del IDAE (CE3 y CE3X) para la emisión de las certificaciones energéticas con tantos “datos en estimación” que recogen?
R.- Estos nuevos programas son muy útiles, relativamente sencillos de manejar y te permiten aplicar también el rigor necesario para hacer una certificación energética precisa. Lo que sucede es que dan la opción al técnico certificador de utilizar datos estimados en los casos en los que no se disponga de información fiable de algún parámetro de la vivienda. En particular, es difícil conocer la transmitancia térmica del cerramiento de una vivienda que tiene 50 años, aquí tenemos la opción de que el programa le asigne un valor concreto teniendo en cuenta las soluciones constructivas que se empleaban en aquel entonces.
P.- Según la norma que regula la Certificación energética en los inmuebles, el resultado de la calificación energética no implica la obligatoriedad de realizar obras de mejora. ¿Consideras que para una calificación negativa tipo F o G debería ser obligatorio que el propietario, -salvo que acredite falta de capacidad económica-, proceda a acomodar la vivienda a un estado energético aceptable?
R.- No se debería obligar como tal, pero si gravar de alguna manera a las viviendas que estén en esta circunstacia. El motivo radica en que están derrochando recursos energéticos y al fin al cabo están generando mayores emisiones contaminantes de lo razonable. Hoy en día se grava con más impuestos de matriculación a los vehículos que producen más emisiones, ¿ por qué no hacerlo con las viviendas?, una opción en este sentido podría ser aumentar el IBI anual en estos casos. Lo que está claro es que antes de aplicar estas medidas hay que informar adecuadamente al propietario y ofrecerle alternativas razonables para mejorar la eficiencia energética de su vivienda.
P.- ¿Qué le dirías al propietario de un inmueble, obligado por mandato legal a contar con certificado energético, que opina que el Gobierno con esta nueva norma ha gravado su propiedad con un nuevo impuesto decenal.?
R.- Hay que entender que el gobierno no se ha inventado esta normativa, sino que viene de Europa y que ya ha sido implantada en casi todos los países miembros. El certificado energético no deja de ser un diagnostico de la situación energética de nuestros inmuebles y que representa el primer paso para empezar a mejorarlos en este sentido. Mejorando la eficiencia energética de los mismos conseguiremos reducir su gasto de energía, ahorrar mucho dinero en las facturas energéticas y en último lugar reducir la dependencia energética que tiene España. No debe entenderse como un impuesto más sino como información importante que debemos utilizar en nuestro beneficio.
P.- Por tanto, al ser contabilizable el ahorro energético, ¿merece la pena acometer una obra de rehabilitación amortizando de este modo el elevado coste del mayor consumo energético?
R.- Claro que merece la pena. En el certificado energético el técnico debe ofrecer al propietario una serie de propuestas de mejora de la eficiencia energética de la vivienda tales que en caso de llevarse a cabo mejoren la calificación energética del inmueble una o dos letras. Estas obras de rehabilitación deben acometerse para producir los mayores ahorros energéticos pero rentabilizando la inversión. El caso más claro y rentable es la sustitución de las ventanas antiguas de algunas viviendas que presentan grandes pérdidas de calor por ventanas tipo climalit con cámara ó por poner otros ejemplo, la sustitución del equipo de climatización por uno inverter con alto rendimiento.
P.- Los precios orientativos de los certificados energéticos, ¿de qué dependen básicamente...?
R.- El coste del certificado energético depende de varios factores, uno fundamental es la tipologia de la vivienda, es más complejo realizar el certificado energético de una vivienda unifamiliar tipo Chalet que un piso convencional, en el primer caso existen más cerramientos de fachada, cubierta, y suele presentar instalaciones más complicadas. Otro factor es la superficie de la vivienda como era lógico pensar, a mayor superficie más, más complejidad y más elementos hay que tener en cuenta. Por último y resumiendo tendríamos que mencionar la ubicación de la vivienda, ya que puede incrementar el tiempo que el técnico certificador debe emplear para realizar el certificado, pensemos que aquellas viviendas que estén en el campo ó zonas rurales nos obligarán a desplazarnos varios kilómetros en coche mientras las de entorno urbano darán más facilidades en este sentido.
Muchas gracias Javier. Indicar a nuestros lectores que pueden encontrarte facilmente en www.topcertificacionenergetica.com
Sin duda alguna, la etiqueta energética, va a dar un valor diferente a los inmuebles que hasta la fecha los ciudadanos desconocían.
Un inmueble por muy bonito que sea ó nos parezca a primera vista, no significa por ello, que sea un inmueble eficiente energéticamente y eso es lo que el legislador, como muy bien has explicado a nuestros lectores, trata de explicar con ésta norma.
Desde este lugar de encuentro de entrevista ofrecemos a nuestros lectores la posibilidad de contactar directamente con el entrevistado cumplimentando debidamente la siguiente tabla de recogida de datos: