¿Cómo van a ser los elementos de acumulación para las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos?
Los elementos de acumulación se instalarán de tal forma que compartan equipo de medida y protecciones con la instalación de generación.
En respuesta a esta consulta, hemos de señalar respeccto a los elementos de acumulación, que la propuesta normativa del Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas, técicas y económicas del Autoconsumo, que sin perjuicio de lo previsto en la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-52, para la infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos, y hasta la aprobación de la norma de seguridad y calidad industrial que defina las condiciones técnicas y de protección de los elementos de acumulación instalados en las instalaciones acogidas a las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica definidas en el artículo 9.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, los elementos de acumulación se instalarán de tal forma que compartan equipo de medida y protecciones con la instalación de generación.