La CNMC aprueba los criterios de validación de la calidad de la telemedida del sistema eléctrico

La transición energética implica retos de innovación tecnológica y adaptación regulatoria.La integración masiva de renovables distribuidas, hibridación de tecnologías y la respuesta de la demanda son algunos de ellos.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado una resolución por la que se modifican los procedimientos de operación del sistema eléctrico 3.8 y 9.2 para revisar los criterios de validación de la adscripción a un centro de control, el envío y la calidad de las telemedidas. Esta revisión permitirá a Red Eléctrica de España (REE), el operador del sistema, disponer de una visibilidad adecuada del estado de la red en tiempo real.
 
Conectar las instalaciones de generación renovable y/o demanda a centros de control que permitan su gestión y disponer de unas telemedidas con la adecuada calidad (fiabilidad) es necesario para garantizar la visibilidad del sistema por parte de Red Eléctrica de España (REE) y maximizar así las oportunidades para gestionar las instalaciones.
 
Esta visibilidad será más relevante en los próximos años en un contexto de generación distribuida conectada a la red de distribución, combinada con otras instalaciones de generación y almacenamiento e integrada con la demanda. Dicha visibilidad, a su vez, facilitará el fomento de la flexibilidad del sistema.
 
En este contexto, en desarrollo del artículo 40.6 del Reglamento (UE) 2017/1485 de la Comisión, de 2 agosto de 2017, por el que se establece una directriz sobre la operación del sistema eléctrico, la CNMC aprobó mediante sendas resoluciones de 13 de noviembre de 2019 y 10 de diciembre de 2020 las especificaciones y el procedimiento de operación 9.2 que establecen el intercambio de información en tiempo real entre las instalaciones de generación y demanda conectadas a la red eléctrica y el gestor de dicha red.
 
Este desarrollo se completa con la revisión de los criterios de validación de la calidad de la telemedida. En particular, la aplicación de unos criterios homogéneos, en línea con los que eran exigidos a las instalaciones renovables sujetas a mecanismos de retribución específica, se extiende a toda la generación e instalaciones de demanda en la red de transporte. Todo ello para garantizar la visibilidad de las instalaciones por parte del gestor de la red y permita la operación del sistema en condiciones de seguridad.

ACCEDER a la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de
operación eléctricos.