Se incentivarán proyectos de desarrollo tecnológico y experiencias innovadoras en movilidad eléctrica que sirvan para promover el salto tecnológico hacia el vehículo eléctrico y de pila de combustible.
Mediante la Orden TED/800/2021, de 23 de julio, se aprobaron las bases reguladoras del programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (Programa MOVES Singulares II), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Mediante Resolución de 20 de septiembre de 2021 del Director General del IDAE, se realizó la primera convocatoria, registrada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), con el identificador: 584436, cuyo extracto fue publicado en el BOE nº 229, de 24 de septiembre de 2021.
Para dar continuidad a la primera convocatoria, se aprueba una segunda convocatoria de ayudas mediante aprobación del Consejo de Administración de IDAE, en la sesión nº 334 de 14 de septiembre de 2022, dotada con 264 millones de euros y dirigida a la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas correspondientes a proyectos singulares y proyectos relativos a desarrollos experimentales e innovadores, llevados a cabo en el territorio nacional, relacionados con el vehículo eléctrico.
El programa MOVES Proyectos Singulares II forma parte de la Componente 1, Inversión 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
La diferencia con la primera convocatoria es que no serán elegibles los proyectos relativos a la instalación de hidrogeneras, dado que ya se han publicado los Programas relativos a promover la producción y uso de hidrogeno verde en el marco de la Componente 9 del PRTR.
El programa MOVES Proyectos Singulares II será gestionado por el IDAE.
Se considerarán proyectos con una inversión mínima de 100.000 euros.
Resolución de 14 de septiembre de 2022, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la segunda convocatoria del programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (MOVES Proyectos Singulares II)
Extracto de la Resolución de 14 de septiembre de 2022, publicado en BOE núm. 230 de 24/09/2022
Las bases reguladoras de este Programa se regirán por la Orden TED/800/2021, de 23 de julio, por la que se regulan las bases del Programa de ayudas a proyectos singulares en movilidad eléctrica (Programa MOVES Proyectos Singulares).
La intensidad de la ayuda para los proyectos singulares innovadores será del 40% de los costes subvencionables (IVA o IGIC no incluido). Se podrá incrementar en 10 puntos porcentuales para medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de micro y pequeñas empresas.
Solo serán subvencionables las actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
El origen de los fondos será del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El Programa es parte de la Componente 1, Inversión 2 del Plan.
Las actuaciones se ejecutarán en un plazo máximo de 18 meses contados a partir de la fecha de notificación de concesión de la ayuda.
Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes de ayuda podrán cursarse desde el 3 de octubre de 2022 a las 9 h hasta el 3 de noviembre de 2022 a las 14 h., según se indica en la convocatoria a través del aplicativo dispuesto al efecto en la Sede electrónica del IDAE.
Valoración de solicitudes: Las solicitudes se valorarán por una Comisión Técnica de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo III de la Orden TED/800/2021, de 23 de julio
Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
Para consultas específicas del MOVES Singulares II o de detalle de las Bases del programa, pueden dirigirse a: MOVES_Singulares2@idae.es
Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es
Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.
Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 15.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 9.00h a 15.00 h.
Horario de atención WhatsApp: Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 14:30h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-J, de 9.00h a 15.00 h. Viernes de 9.00h a 14:30h.
Con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, los adjudicatarios deberán respetar el principio de No Causar Daño Significativo al Medio Ambiente establecido por la Comisión Europea.
El sector público aportará más de 4.300 M€ y la inversión privada se estima en 19.700 M€. La creación de empleo generada por el PERTE podría alcanzar los 140.000 puestos de trabajo.
Pueden beneficiarse todo tipo de empresas y el sector público, siempre que se solicite el incentivo para adquirir más de 25 vehículos ligeros (ciclomotores, motos, cuadriciclos, turismos o furgonetas).
Algunas CCAA exigen que el cliente compre el vehículo en un concesionario de su territorio si quiere beneficiarse de la subvención. Este requisito fragmenta el mercado nacional y limita la competencia en la distribución de vehículos eléctricos.