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Publicadas las Subvenciones de energía solar fotovoltaica y térmica en Galicia.

25-4-12. DOG 23 Abril 2012
miércoles, 25 abril 2012.
DOG 23 Abril 2012
Acceso
Resolución de 9 de abril de 2012 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a los proyectos dinamizadores de las áreas rurales de Galicia promovidos por los ayuntamientos y mancomunidades de ayuntamientos.

La Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) fue creada como instrumento básico de actuación de la Xunta de Galicia en el fomento y la coordinación del territorio rural gallego, para mejorar las condiciones de vida y contribuir a frenar su despoblamiento (disposición adicional 6.ª de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo, modificada por la Ley 12/2008, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley 7/1996 y la Ley 5/2000, y por la Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas).

En el marco de sus funciones, desarrolladas en el Decreto 79/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su reglamento, le corresponde a Agader la gestión de los recursos destinados a la dinamización de las áreas rurales de Galicia.

El Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2007-2013 (PDR), aprobado por la Comisión Europea mediante la Decisión CE (2008) 703, de 15 de febrero, y modificado por Decisión C (2010) 1227, de 5 de marzo de 2010, prevé en el eje 3 diversas medidas dirigidas a la mejora de la calidad de vida en las zonas rurales y a la diversificación de la economía rural, cuya gestión corresponde a Agader. Esas medidas están financiadas, igual que las restantes que integran el PDR, por el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (Feader), junto con fondos de la Comunidad Autónoma de Galicia y de la Administración general del Estado.

Dado que la promoción del desarrollo rural gallego debe abordarse desde una perspectiva integral, se prevé, dando continuidad a la línea de proyectos dinamizadores de las áreas rurales de Galicia, el apoyo a actuaciones de diferente naturaleza, que Agader va a materializar a través de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los ayuntamientos y mancomunidades de ayuntamientos de Galicia. Las subvenciones se centrarán en las siguientes medidas:

3.1.3. Fomento de actividades turísticas.

3.2.1. Servicios básicos para la economía y la población rural.

3.2.3. Conservación y mejora del patrimonio rural.

En el contexto del «chequeo médico» de la PAC y del Plan Europeo de Recuperación Económica (PERE), fue modificado el Reglamento (CE) n.º 1698/2005, por los reglamentos (CE) n.º 74/2009 y n.º 473/2009, que introducen una serie de operaciones específicas asociadas a los nuevos retos en el artículo 16 bis. Para este tipo de operaciones, se modificó el artículo 70.4 del citado reglamento, que permite que el porcentaje de cofinanciación Feader pueda incrementarse para las regiones de objetivo convergencia hasta el 90%. La modificación del Programa de Desarrollo Rural de Galicia aprobada por Decisión C (2010), de 5 de marzo, de la Comisión, incluye como uno de los nuevos retos el fomento de las energías renovables, a implementar a través de la medida 321 del PDR. Dada la exigencia de la Comisión de establecer una demarcación clara con las actuaciones financiadas en la Comunidad Autónoma mediante fondos Feder/Feader, Agader firmó un convenio de colaboración con el Instituto Energético de Galicia (Inega) en el que se concretan las actuaciones a financiar por cada una de las partes.

Las operaciones de las medidas 313 y 321 que puedan afectar a la competencia están amparadas en el Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE (actuales artículos 107.1 y 108.1 del TFUE) a las ayudas de minimis (DOUE de 28.12.2006, L379).

El régimen de pagos parciales y anticipos a aplicar está autorizado por el acuerdo del Consejo de la Xunta de Galicia de 29 de marzo de 2012.

La Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) es una entidad pública instrumental de las señaladas en el título III de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia. Su director general tiene delegada la aprobación de los procedimientos de selección de actuaciones con cargo a los recursos que le sean asignados para el desarrollo del medio rural, así como su gestión presupuestaria y su distribución, según el acuerdo del Consejo de Dirección de 21 de junio de 2007 (DOG n.º 134, de 11 de julio).

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