El proceso de precalificación es la primera fase del procedimiento de subasta establecido por la Resolución de 10 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Energía. Veámos en este post en qué consiste.
Los sujetos inicialmente interesados en participar en la subasta deberán formular una solicitud de precalificación ante la entidad administradora de la subasta. La precalificación supondrá el derecho a recibir información relacionada con la subasta, a participar en las sesiones de formación que en su caso se realicen y a solicitar con posterioridad la calificación.
Los interesados en precalificarse para la subasta deberán, en el plazo indicado en la resolución de convocatoria, cumplimentar electrónicamente la siguiente documentación según la guía de precalificación (Apéndice II):
a) Información básica del solicitante.
b) Solicitud del certificado de acceso al sistema de subastas.
c) Compromiso de no-colusión.
d) Compromiso de confidencialidad.
No se permitirá que una misma persona física pueda ser habilitada para actuar en representación de más de un participante, salvo aquellas personas físicas que soliciten habilitación para actuar en nombre de más de un participante en cuyo caso se entenderá que lo hacen porque representan a entidades que forman parte de un grupo de sociedades de acuerdo con los términos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
Una vez precalificado, el participante podrá acceder a la información de carácter privado para la calificación a la subasta y podrá proceder a realizar el proceso de calificación.
La energía solar domina un nuevo récord de generación en Brasil, alcanzando la marca de 5.258 MW, según datos de la ANEEL del 25 de octubre. La fuente representó más de la mitad (57,8%) de toda la nueva capacidad instalada centralizada.
El objetivo de la actual ronda eólica es asignar áreas marítimas en las que se podrán instalar entre 1.000 y 3.000 megavatios.