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España crea escuela pícara: Costa Rica ya transita por el Impuesto al Sol y la RetroVoltaica

16-1-24. Redacción
martes, 16 enero 2024.
Redacción
España crea escuela pícara: Costa Rica ya transita por el Impuesto al Sol y la RetroVoltaica
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos costarricense, tras aprobar un cambio de tarifa retroactivo a quienes tienen paneles solares que está encareciendo su recibo de la luz entre un 20% y un 400%, valora suspender la medida.

Data de enero de 2022 la entrada en vigor en Costa Rica de la Ley 10 086, para la promoción y regulación de recursos energéticos distribuidos a partir de fuentes renovables, logro aplaudido como un mensaje claro y fuerte del deseo del país por crear las condiciones para transitar el camino de las energías renovables.

Sin embargo, han sido incorporados cambios, como el  nuevo canon de interconexión a la red,"el impuesto al sol", que hace que la mayoría de las grandes compañías distribuidoras estén recibiendo a costo cero la energía generada por  quienes decidieron invertir en las tecnologías de producción de energía solar sostenible para autoconsumo y generación eléctrica.

Así lo manifiestan más de 200 personas y organizaciones, que la semana pasada han suscrito Carta Abierta de alerta exponiendo su queja:

"ARESEP ha elegido una metodología de cobro fallida e incluso derogada en el 2018 en su país de origen (España) y ha provocado que, de la noche a la mañana, las facturas hayan subido en más de un 400% su costo ordinario."

En su misiva, además de la expresa mención es evidente el paralelismo con la historia sufrida en el aludido país que alumbró la invención; "bajo este nuevo contexto, los generadores-distribuidores pisamos un terreno financiero inestable ya que muchos hemos solicitado créditos con bancos para pagar la inversión de paneles solares y sistemas fotovoltaicos."

Mientras, la Cámara de Generación Distribuida, que aglutina los intereses de industria, país y ciudanos en torno a la energía solar, ha elevado quejas al Regulador por la dilación en la entrada en vigor de la Ley 10.086, vacío legal que ha dado lugar a que Empresas distribuidoras hayan obligado a usuarios que ya tienen sistemas fotovoltaicos instalados e interconectados a la red, a firmar nuevos contratos a pesar de tenerlos vigentes, para cobrarles ilegalmente tarifas aplicándoles de forma ilegal y retroactiva la citada Ley.

De hecho la situación y perjuicios ya los reconoce el propio Regulador Costarricense -ARESEP- en su reciente Bol. 03-2024, 9 de enero  respecto de la facturación de energía:

"[...] en algunos casos se hizo un cobro retroactivo y no se aplicó el reconocimiento de la energía que ingresó al sistema eléctrico. De ahí que algunos de los productores de energía reclamaran incrementos en sus recibos, pero no recibieron el reconocimiento de su aporte a la red. [...]"

Reconsideración

Por ello, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos valora suspender las metodologías que fijan tarifas para la generación distribuida con paneles solares para que las empresas eléctricas adecúen sus sistemas de facturación.

Según indica en su escrito este proceso de revisión podría tardar unos 2 meses, considerando que se debe someter a audiencia pública.

La historia del despropósito cometido en España, el país inventor del Impuesto al Sol y la RetroVoltaica, se repite y en el reparto de la tragedia figuran los mismos actores:

  • Oligopolio energético, destino donde llega el rastro del dinero, 
  • Inversores, locales y foráneos que confían en la Seguridad Jurídica de un Estado.
  • Legisladores malintencionados y/o muy torpes, haciendo la Ley a la vez que la Trampa.

Todo lo anterior, aderezado con la aplicación retroactiva que únicamente perjudica a productores de renovables (industrias, particulares, comercios que autoconsumen; inversores...).

Próximas lecciones

Tras la revisión que se aguarda, no se excluye el peor de los escenarios déjà vu en la "madre patria", de la mano de maestros experimentados en

  • No restablecer la justicia y reparar el daño para los perjudicados del propio país, 
  • Actuar con síndrome querulante ante Jurisdicciones internacionales y respecto de los inversores extranjeros, como el CIADI, Organismo del Banco Mundial del que también forma parte Costa Rica desde 29 de septiembre de 1981.

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