Solicitar presupuesto Autoconsumo
Puntos de acceso disponibles para conexión

Decreto Nº 58 por el que se aprueba el Acuerdo entre las repúblicas de Chile y Alemania sobre el proyecto «estrategia de expansión de las energías renovables en los sistemas eléctricos interconectados»

30-4-10. Juan Alcolado
viernes, 30 abril 2010.
Juan Alcolado
Decreto Nº 58 por el que se aprueba el Acuerdo entre las repúblicas de Chile y Alemania sobre el proyecto «estrategia de expansión de las energías renovables en los sistemas eléctricos interconectados»
Normativa de carácter general: ChileAcuerdo bilateral: Alemania & Chile.Fomento de las energias renovables.
SE PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO "BIENES FISCALES PARA LA GENERACIÓN DE ENERGÍA CON FUENTES RENOVABLES NO CONVENCIONALES"

     Núm. 59.- Santiago, 25 de febrero de 2010.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

     Considerando:

     Que por Cambio de Notas fechadas en Santiago, el 7 de agosto y 18 de noviembre de 2009, respectivamente, se suscribió entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federal de Alemania el Acuerdo sobre el Proyecto "Bienes Fiscales para la Generación de Energía con Fuentes Renovables no Convencionales".

     Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Convenio Básico de Cooperación Técnica y Económica, suscrito el 15 de marzo de 1995, y publicado en el Diario Oficial de 21 de agosto de 1997.

     Que en conformidad a lo previsto en el penúltimo párrafo de las Notas que constituyen el aludido Acuerdo, éste entró en vigor el 18 de noviembre de 2009.

     Decreto:

 


     Artículo único: Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre el Proyecto "Bienes Fiscales para la Generación de Energía con Fuentes Renovables no Convencionales", suscrito por Cambio de Notas, fechadas en Santiago el 7 de agosto y 18 de noviembre de 2009, respectivamente; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

 


     Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Mariano Fernández Amunátegui, Ministro de Relaciones Exteriores.
     Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Roberto Araos Sánchez, Consejero, Director General Administrativo (S).

 


El Encargado de Negocios a.i.
de la República Federal de Alemania

     Santiago de Chile, 07 de agosto 2009
     Ref.: Wz 468.40/2

     Núm.: NV 408/2009

Señor Ministro:

     Con referencia a la Iniciativa Internacional de Protección del Clima del Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad Nuclear y, en cumplimiento del Convenio Básico sobre Cooperación Técnica y Económica del 15 de marzo de 1995, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo:

     1. El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Chile fomentan conjuntamente el proyecto "Bienes fiscales para la generación de energía con fuentes renovables no convencionales".

     2. El objetivo del proyecto consiste en apoyar a la Comisión Nacional de Energía en sus actividades dirigidas al fomento de proyectos para el uso de energías renovables no convencionales en terrenos estatales. El Gobierno de la República de Chile se compromete a apoyar la ejecución del proyecto. El proyecto mencionado está en consonancia con el proyecto en curso "Energías Renovables No Convencionales" (fomentado en el marco de la cooperación al desarrollo entre la República Federal de Alemania y la República de Chile, acordado en el Convenio sobre Cooperación Técnica 2003 del 20 de diciembre de 2006).

     3. El Gobierno de la República Federal de Alemania pondrá a disposición recursos humanos y realizará prestaciones materiales y, si procede, aportaciones financieras por un valor total de hasta 1.000.000 EUR (en letras: un millón de euros).

     4. El Gobierno de la República Federal de Alemania confiará la ejecución del proyecto a la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) en Eschborn.

     5. Los detalles del proyecto y de las prestaciones y obligaciones respectivas se fijarán en un acuerdo de ejecución que habrá de ser concertado entre la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) y la institución (Comisión Nacional de Energía-CNE) a la cual el Gobierno de la República de Chile encargue la ejecución del proyecto en Chile. Dicho acuerdo de ejecución estará sujeto a las disposiciones legales vigentes en la República Federal de Alemania.

     6. El compromiso asumido con respecto al proyecto mencionado en el párrafo 1 y el monto mencionado en el párrafo 3 quedará sin efecto si no se concierta el acuerdo de ejecución mencionado en el párrafo 5.

     7. El Gobierno de la República de Chile eximirá a los materiales, vehículos, bienes y equipos, así como a los respectivos repuestos, suministrados por encargo y a expensas del Gobierno de la República Federal de Alemania para el proyecto especificado en el párrafo 1, de licencias, derechos aduaneros, tasas portuarias, derechos de importación y exportación y demás gravámenes públicos, así como de derechos de almacenaje y asegurará que pasen aduana sin demora.

     8. El Gobierno de la República de Chile eximirá a la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) de todos los impuestos y demás gravámenes públicos que se devenguen en la República de Chile en relación con la ejecución del proyecto mencionado en el párrafo 1.

     9. Las disposiciones del arriba mencionado Convenio Básico sobre Cooperación Técnica y Económica concertado entre nuestros dos Gobiernos el 15 de marzo de 1995, servirán de base para las disposiciones mencionadas en los párrafos 7 y 8.

     10. El presente Acuerdo se concierta en alemán y español, siendo ambos textos igualmente auténticos.

     En caso de que el Gobierno de la República de Chile se declare conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 10, esta nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituirán un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.

     Aprovecho la ocasión para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi más alta y distinguida consideración.

Excmo. Sr.
D. Mariano Fernández
Ministro de Relaciones Exteriores
de la República de Chile
Santiago de Chile

Nº s/n

     Santiago de Chile, 18 de noviembre de 2009.

Excelencia:

     Tengo el honor de acusar recibo de la atenta Nota de su Gobierno, fechada el 7 de agosto de 2009, que dice lo siguiente:

"Señor Ministro:

     Con referencia a la Iniciativa Internacional de Protección del Clima del Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad Nuclear y en cumplimiento del Convenio Básico sobre Cooperación Técnica y Económica del 15 de marzo de 1995, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo:

     1. El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Chile fomentan conjuntamente el proyecto "Bienes fiscales para la generación de energía con fuentes renovables no convencionales".

     2. El objetivo del proyecto consiste en apoyar a la Comisión Nacional de Energía en sus actividades dirigidas al fomento de proyectos para el uso de energías renovables no convencionales en terrenos estatales. El Gobierno de la República de Chile se compromete a apoyar la ejecución del proyecto. El proyecto mencionado está en consonancia con el proyecto en curso "Energías Renovables No Convencionales" (fomentado en el marco de la cooperación al desarrollo entre la República Federal de Alemania y la República de Chile, acordado en el Convenio sobre Cooperación Técnica 2003 del 20 de diciembre de 2006).

     3. El Gobierno de la República Federal de Alemania pondrá a disposición recursos humanos y realizará prestaciones materiales y, si procede, aportaciones financieras por un valor total de hasta 1.000.000 EUR (en letras: un millón de euros).

     4. El Gobierno de la República Federal de Alemania confiará la ejecución del proyecto a la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) en Eschborn.

     5. Los detalles del proyecto y de las prestaciones y obligaciones respectivas se fijarán en un acuerdo de ejecución que habrá de ser concertado entre la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) y la institución (Comisión Nacional de Energía -CNE) a la cual el Gobierno de la República de Chile encargue la ejecución del proyecto en Chile. Dicho acuerdo de ejecución estará sujeto a las disposiciones legales vigentes en la República Federal de Alemania.

     6. El compromiso asumido con respecto al proyecto mencionado en el párrafo 1 y el monto mencionado en el párrafo 3 quedará sin efecto si no se concierta el acuerdo de ejecución mencionado en el párrafo 5.

     7. El Gobierno de la República de Chile eximirá a los materiales, vehículos, bienes y equipos, así como a los respectivos repuestos, suministrados por encargo y a expensas del Gobierno de la República Federal de Alemania para el proyecto especificado en el párrafo 1, de licencias, derechos aduaneros, tasas portuarias, derechos de importación y exportación y demás gravámenes públicos, así como de derechos de almacenaje, y asegurará que pasen aduana sin demora.

     8. El Gobierno de la República de Chile eximirá a la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) de todos los impuestos y demás gravámenes públicos que se devenguen en la República de Chile en relación con la ejecución del proyecto mencionado en el párrafo 1.

     9. Las disposiciones del arriba mencionado Convenio Básico sobre Cooperación Técnica y Económica concertado entre nuestros dos Gobiernos el 15 de marzo de 1995 servirán de base para las disposiciones mencionadas en los párrafos 7 y 8.

     10. El presente Acuerdo se concierta en alemán y español, siendo ambos textos igualmente auténticos.

     En caso de que el Gobierno de la República de Chile se declare conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 10, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituirán un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.

     Aprovecho la ocasión para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi más alta y distinguida consideración."

     Además, tengo el honor de confirmar, en nombre de la República de Chile, el Acuerdo antes transcrito y acordar que la Nota de Vuestra Excelencia y la presente sean consideradas como las que constituyen un Acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrará en vigor en la fecha de la presente Nota.

     Aprovecho la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia, las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

     Mariano Fernández Amunátegui, Ministro de Relaciones Exteriores.

Excmo. Señor
Wilfried Krug
Encargado de Negocios a.i.
de la República Federal de Alemania
Santiago de Chile
Tu valoración:

Total Votos: 0
0 Participantes

SL RANK

MERCADO ELÉCTRICO

0.0931   €/MWh

05/10/2024