Se reducen, en términos medios, el 4,6% con respecto a los aplicados el 1 de junio.
La CNMC ha aprobado la Resolución por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad para 2022. (RAP/DE/013/21)
Los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución se han determinado teniendo en cuenta la estimación de la retribución del transporte y la distribución que resulta de aplicar la Circular 5/2019 y la Circular 6/2019. En particular, la parte de la retribución del transporte considerada en el cálculo de los peajes para el ejercicio 2022 es un 13,3% inferior a la considerada en el cálculo de los peajes del ejercicio 2021. Por su parte, la retribución considerada en el cálculo de los peajes de distribución es un 0,5% superior a la considerada en el cálculo de los peajes del ejercicio 2021.
Como consecuencia de lo anterior y del aumento de la demanda previsto para 2022, los peajes de acceso a las redes se reducen, en términos medios, el 4,6% respecto de los peajes aplicados desde el 1 de junio de 2021, tal y como se observa en el cuadro siguiente, siendo mayores las reducciones en los peajes de AT (6.X TD) que en los peajes de BT (2.0TD y 3.0 TD) ya que el peso del peaje de transporte es mayor en los primeros que en los segundos.
Por último, la resolución de precios continúa en 2022 con el periodo transitorio para la plena aplicación de los precios de los excesos de potencia que resultan de aplicar la metodología de la Circular 3/2020 y pospone hasta disponer de los resultados del grupo de control de tensión la aplicación de la penalización por energía reactiva en el periodo de valle.
Algunas comercializadoras no han adaptado correctamente los contratos de suministro de sus clientes a los cambios normativos del 1 de junio. En casos puntuales, el término de energía medio facturado llega a ser un 30% superior al que correspondería.
Publicará un documento dando respuesta a las más de cien consultas planteadas por los agentes en relación con la Circular 3/2020 y la nueva estructura de peajes.
El objeto de esta circular es ampliar en cinco meses, hasta el 1 de abril de 2021 el periodo transitorio que tienen las empresas para adaptarse a los nuevos peajes.