El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso de la Junta de Extremadura contra la ley de medidas urgentes en el sistema eléctrico y financiero, que impone una tasa del 7% a las inversiones fotovoltaicas españolas.
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad que presentó la Junta de Extremadura contra el Real Decreto-Ley de medidas urgentes en el sistema eléctrico y en el sistema financiero por el recorte de las primas a las plantas de energías renovables en funcionamiento.
La decisión del pleno del Tribunal, que ha dado traslado de la demanda al Congreso, al Senado y al Gobierno, que disponen de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones, no suspende la norma recurrida, ni supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que analizará próximamente.
El Gobierno extremeño recurrió esta norma por entender que el recorte de las primas "cambia las previsiones de ingresos" de los proyectos ya en marcha y genera "inseguridad" en los inversores, a la vez que aseguraba que supondrá en los próximo 15 años unas pérdidas de entre el 17,9 % y el 28 % según el tipo de energía.
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