Suelo Solar entrevista a D. Antonio Erias, quién nos explica con todo lujo de detalles su visión del sector fotovoltaico, y analiza con profundidad los puntos que se han de tener en cuenta para fomentarlo.
Buenos días D. Antonio:
Para nosotros es un honor tenerte hoy con nosotros y conocer tu visión de la fotovoltaica en España, y la del Partido Popular al que representas. Conocemos que te encanta la política y el gran esfuerzo que la dedicas en tu amplia trayectoria profesional defendiendo los intereses de todos los ciudadanos españoles.
Contamos contigo en este foro de entrevista fotovoltaica, como buen conocedor y testigo que eres de la situación crítica que atraviesa este sector fotovoltaico en España, quién en su día lo lidero a nivel mundial,... y creemos que como Portavoz en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo, y por tus amplios conocimientos en la materia, podrás resolvernos ciertas dudas que surgen en el sector, relacionadas con las razones de la paralisis del sector, la rebaja y posible retroactividad de las primas, y la reforma del Real Decreto 1578/08, que sabemos que previsiblemente se promulgará a mediados de septiembre.
Volviendo al pasado, quería preguntarte....
P. En el año 2008 se instalaron 2600 megawatios de energía solar fotovoltaica y en el año 2.009 según la CNE, se instalaron tan solo 39 megawatios ¿Cómo ves el futuro de la energía solar fotovoltaica en 2010?
R. El creciente y elevado número de solicitudes presentadas en cada una de las cinco convocatorias realizadas al amparo del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre constata, y en palabras del Ministerio de Industria, incita a pensar que el nuevo marco retributivo resulta suficientemente atractivo y estable para el sector. No en vano, en las cinco convocatorias resueltas hasta la fecha, se han inscrito un total de 3.468 instalaciones, correspondiéndose con una potencia acumulada de 621 MW.
Considerando que, a juicio de los expertos, la energía fotovoltaica podría cubrir hasta un 12% de la demanda de electricidad de la UE en 2020, y teniendo en cuenta que el futuro “Plan de Acción Nacional de Energías Renovables 2011-2020”, el cual se encuentra actualmente en proceso de elaboración, estima que la aportación de las energías renovables al consumo final bruto de energía sería del 22,7% en 2020—frente a un objetivo para España del 20% en 2020—, así como el hecho de que el mayor desarrollo de las fuentes renovables en España corresponde a las áreas de generación eléctrica, con una previsión de la contribución de las energías renovables a la generación bruta de electricidad del 42,3% en 2020, no parece a priori que el futuro de la energía solar fotovoltaica, y menos en 2010, esté en peligro siempre que el marco regulatorio sea, como he indicado anteriormente: Atractivo y estable. En otras palabras, proporcione la necesaria seguridad jurídica.
Sin embargo, y a pesar de que la potencia fotovoltaica ya instalada equivale a ocho ciclos combinados, la regulación actual, basada en cupos trimestrales de asignación de potencia, no parece que resuelva los posibles problemas a medio plazo (más allá de 2012). Es por ello que, aprovechando la puesta en marcha del nuevo Plan de Acción Nacional de Energías Renovables 2011-2020, deberían darse los pasos necesarios que conduzcan al cambio necesario del modelo energético español.
Sin embargo, y para que el futuro de las energías renovables (no solo el de la fotovoltaica) esté asegurado, dicho Plan debería ser parte integrante de una Plan Estratégico (o Director) de la Política Energética en España. Actuar sectorialmente, sin enfrentar de manera sistémica los retos de la “sostenibilidad”, “competitividad” y “seguridad de suministro” puede dar lugar a consecuencias imprevisibles, como ha ocurrido con el caso de las energías renovables en las que, habida cuenta del volumen que ya acumulan los incentivos, el Gobierno se está viendo forzado a reducir las primas (a las instalaciones del “régimen especial”) y, como es el caso que nos ocupa, incluso a estudiar la posibilidad de aplicar esta reducción con carácter retroactivo.
P. ¿Qué causas son las que han propiciado el parón de la energía solar fotovoltaica en España?
R. A pesar de que, a tenor del discurso oficial, las perspectivas de uso de energías renovables en España incitan al optimismo, no es menos relevante el hecho de que el recorte de las primas en un 26% para las instalaciones fotovoltaicas en cubierta y del 35% para las de suelo, previsto en el RD 1578/08, unido a la necesidad de presentar avales (de hasta 100.000 euros para las instalaciones en cubierta, y 500.000 euros para las instalaciones de suelo), ha hecho que los promotores se reconsideren la continuidad de la inversión en un negocio que, obviamente, ha perdido rentabilidad. Si a esto unimos la incertidumbre creada ante la posibilidad de, en base al RD 661/2007, aplicar la reducción de las primas con carácter retroactivo, creo que a nadie sorprenderá lo poco atractivo que puede llegar a ser el sector fotovoltaico para los inversores.
P. ¿Qué opina del informe de D. Eduardo Soler Tappa, Abogado del Estado, Jefe en la Secretaría de Estado de Energía del MITyC, en el que de forma detallada explica que en Derecho, se pueden alterar o modificar de forma retroactiva los derechos económicos reconocidos en las primas fotovoltaicas?.
R. Más allá del rigor jurídico de los análisis que sobre la legislación y normativa vigente pueden llevarse a cabo (como es este caso en particular), una política de Estado seria: Que sea coherente, consistente y persistente con sus objetivos, ante todo, no puede sembrar incertidumbre sobre la seguridad jurídica que ofrecen estas regulaciones. La base del desarrollo tecnológico, que requiere de inversiones procedentes del sector privado, y por lo tanto: La competitividad, no puede desarrollarse si existe la sensación de “inseguridad” como ocurre en este caso al afirmarse que “de forma retroactiva pueden modificarse los derechos reconocidos por la prima fotovoltaica”. Lo contrario, el no garantizar esta seguridad jurídica, retraería la inversión -precisamente, por la posible retroactividad de la prima- en el sector fotovoltaico.
A tenor del análisis jurídico en cuestión, la reforma que se establece vía la publicación del RD 661/2007 “Respeta la construcción del régimen económico establecido en el RD 436/2004, es más, la reforma se asienta en la necesidad de estabilidad del sistema por medio del mantenimiento de las premisas que inspiraron su establecimiento y la necesidad de garantizar una rentabilidad razonable a los titulares de las instalaciones acogidas al régimen especial”. Sin embargo, no es menos cierto que el mismo informe establece que: “La modificación del RD 436/2004 introduce reformas que, yendo más allá de una mera revisión de las primas constituyen en realidad una adaptación de las instalaciones acogidas a este régimen a la actual realidad social y económica intentando corregir, actualizar y completar la regulación para el fomento de las energías renovables, así como intentar evitar las disfunciones advertidas en su aplicación”.
La pregunta es obvia: ¿Cómo pueden gestionarse a la vez dos contrarios tan palmarios, “fomento de las energías renovables” y posibilidad de llevar a cabo una “revisión retroactiva de las primas”?. Y lo que es aún peor, las posibles consecuencias que para el desarrollo de la energía fotovoltaica en España podría tener este tipo de informes (cuya calidad no se cuestiona) evidencia, una vez más, la falta de visión estratégica del Gobierno a la hora de plantear su política energética: Por un lado, quiere “ser el número uno de las clase” en energías renovables, pero por otro lado no propone medidas útiles que permitan lograr la “paridad de red” en el corto-medio plazo; sencillamente, se limita a modificar la legislación para recaudar a costa de las primas que para las instalaciones de régimen especial se habían garantizado por ley (RD 436/2004, de 12 de marzo), durante el mandato del Partido Popular, a lo largo de la vida útil de estas instalaciones (entre 15 y 20 años).
Resulta obvio que, en puridad, las empresas que deciden invertir o establecerse en el mercado de la generación de electricidad en régimen especial han de ser concientes de que las condiciones financieras (Tarifa y Primas) pueden modificarse, pero lo que no es menos obvio, en justicia y para no alterar el libre desarrollo de la competitividad a través del despegue de tecnologías punteras (como es el caso de la energía fotovoltaica), es que estos inversores necesitan siempre de seguridad jurídica al menos durante el tiempo que tarden en amortizar su inversión: Y esto es algo que aplicando la retroactividad (o dejando la puerta abierta a la viabilidad de aplicarse), aún aunque se ajuste a derecho, sencillamente no es posible.
Otro de los argumentos del informe para justificar quizás no tan sólo la legalidad de la retroactividad sino, incluso, el hecho de se lleve a la práctica es que: “El objetivo de la reforma de las primas de las energías renovables parece que no fue otro que el de racionalizar las retribuciones económicas en beneficio del consumidor, garantizando su sostenibilidad en el tiempo”.
Nuevamente, esta afirmación vuelve a evidenciar la falta de política de Estado en materia energética. En vez de revisar el sistema de incentivos en su conjunto, buscar soluciones para asegurar la “paridad de red”, terminar con el déficit tarifario (con medidas como el fomento del ahorro y la eficiencia energética, concienciando a los ciudadanos sobre la necesidad, y beneficios, del ahorro energético) y, sobre todo, revisar el “mix de generación” (¿Puede España permitirse, habida cuenta del agujero financiero al que nos lleva el déficit tarifario, y considerando nuestra actual coyuntura económica, el rechazar de pleno otras fuentes de energía y seguir apostando tozudamente por las renovables como única vía de alcanzar el triple objetivo de sostenibilidad, competitividad y seguridad de suministro)?, el Gobierno recurre a lo más sencillo: Ahorrar gasto vía la reducción de las primas a las instalaciones de régimen especial y, a ser posible, aplicar la medida con carácter retroactivo.
En conclusión, no es tanto la calidad o validez del informe jurídico lo que debería debatirse sino lo que esconde: Que nos es otra cosa que la parálisis de un Gobierno sin ideas para salir del propio atolladero en el que se ha metido por su indefinida “política verde” sin analizar, previamente, las consecuencias. Y, como suele ocurrir en estos casos, una vez que se sufren las consecuencias, se buscan soluciones simples, a corto plazo, que más que ayudar solo retrasan o enmascaran el problema.
Ya es demasiado tarde para improvisar medidas en un sector como el fotovoltaico el cual cuenta con una fuerte inversión y sobre el que, en apariencia desde el Gobierno, se sigue apostando. Se trata ahora de proporcionarle la seguridad jurídica necesaria sin ignorar, por supuesto, la realidad económica del país (y la necesidad de recuperación). Por ello, más que aplicar medidas específicas, antes de nada, el Gobierno tiene que definir su estrategia global a medio (horizonte 2020) y largo plazo (horizonte 2030) y, por supuesto, encajar las soluciones a los problemas específicos de las energías renovables dentro de ese Plan Estratégico. Entre tanto, no le queda más remedio que ser coherente y no asfixiar sectores productivos por los que previamente había apostado.
P. ¿Cree que el Gobierno debería revisar las primas de la fotovoltaica? ¿y con efecto retroactivo?
R. Uno de los debates más extendidos en el mundo de las energías renovables es el surgido en torno a las políticas existentes para el fomento del empleo de este tipo de energías. En general, los sistemas para fomentar el empleo de las energías renovables pueden adoptar tres modalidades diferentes: primas, incentivos fiscales o certificados.
En el caso de las primas, el marco regulatorio obliga a las compañías eléctricas a conectar a la red todos los sistemas fotovoltaicos. Después, es el mercado eléctrico quien abona a los propietarios de la instalación un precio fijo por cada KW/h inyectado. Con la entrada en vigor del RD 1578/2008, la realidad es que dichas primas han sufrido un recorte del 26% para las instalaciones fotovoltaicas en cubierta y del 35% para las de suelo.
Además de sistemas de apoyo de menor calado como las ordenanzas solares de algunos ayuntamientos, en España el sistema aplicado en el ámbito de la energía fotovoltaica es el constituido por las primas. Además, a tenor de la opinión de los expertos, el sistema de primas quizás sea el más eficaz para promover el desarrollo de la tecnología y sea, además, el que resulte más barato para los consumidores. De hecho, el sistema español está reconocido como uno de los “best practice” en este campo.
En consecuencia, no resulta atrevido afirmar que, hasta que se alcance la “paridad de red”, aún más: Para alcanzarla, los incentivos (en el caso español, vía las “primas”) deciden el futuro de las renovables y, en particular, el de la energía fotovoltaica.
Teniendo en cuenta, por lo tanto, que las primas con cargo a la tarifa eléctrica sirven para fomentar el crecimiento de los mercados renovables con un menor coste y permiten distribuir su coste en función del consumo e incentivan el desarrollo tecnológico (un hecho que incide de manera directa sobre la competitividad), entiendo que el Gobierno debe encontrar el equilibrio necesario entre: 1) Activar el sector fotovoltaico, enviando señales tranquilizadoras; 2) dirigir sus actuaciones (sobre todo, las de carácter reglamentario) a buscar la “paridad de red”, en estas tecnologías, cuanto antes; 3) y, reducir el déficit tarifario. Y para ello, el sistema de primas es una herramienta indispensable. Pero como ya he comentado, encajando las actuaciones específicas en el sector renovable dentro de una Política Estratégica (sistémica) de Energía.
De ahí que sea necesaria su revisión, a medida que se vaya consiguiendo la paridad y reduciendo el déficit; sin embargo, esta necesidad (evidente) poco o nada tiene que ver con aplicar una reducción de las primas con carácter retroactivo. Es obligación del Gobierno aportar la necesaria seguridad jurídica que permita consolidar una tecnología en la que España ha venido jugando un papel de liderazgo, contribuyendo a mejorar nuestra competitividad.
Entiendo, en consecuencia, que el Gobierno ha de encontrar una solución estable que permita alcanzar el triple objetivo que anteriormente apuntaba sin recurrir a la solución más fácil (apelando a lo insostenible del déficit que se genera): Aplicar de manera retroactiva la posibilidad de recortar las primas.
P. El Partido Popular en el Congreso de los Diputados ha preguntado al Gobierno socialista por los motivos por los que el Gobierno perjudica el desarrollo de la energía solar fotovoltaica? ¿Qué opina sobre el trabajo que esta haciendo el Gobierno en tema de fotovoltaica?
R. La realidad se empeña tozudamente en evidenciar dos hechos que son, a mi juicio, muy graves: Por una lado, la falta de coherencia, consistencia y persistencia de la política energética del Gobierno (algo que se refleja, por ejemplo, en la inexistente unidad de criterio entre medio ambiente e industria); y, por otro lado, el doble discurso del Ministerio de Industria (lanzando, con demasiada frecuencia, mensajes contradictorios).
Por supuesto, la energía fotovoltaica no podía escapar a esta falta de criterio, a pesar de que España es uno de los países con liderazgo mundial en este campo. En 2008 se instaló en España la mitad de la potencia fotovoltaica mundial. Sin embargo, el citado cambio regulatorio y la falta de crédito han frenado el crecimiento de un sector que hasta ese año: Empleaba a un total de 93.142 personas (de las que 34.282 tenían puestos generados de forma directa y 58.860 de forma indirecta), cifrándose su aportación a la demanda total del país en 5.177 millones y en un 0,62% su peso sobre el PIB. Ahora, sin embargo, habida cuenta de la parálisis del Gobierno (que no está reaccionado a la altura de las circunstancias), los expedientes de regulación de empleo están a la orden del día y el precio de los equipos ha caído entre el 30% y el 50% .
A todo ello, el llamado “decreto fotovoltaico” no es el ideal para las empresas del sector en estos momentos, no sólo por los recortes en márgenes y primas sino por incorporar otras “no medidas”. Entre éstas lagunas legislativas, por ejemplo, está el escaso incentivo en términos relativos que se le da a las instalaciones fotovoltaicas situadas en edificios, y que van a hacer que este tipo de instalaciones no termine de despegar, así como el problema competencial (más que previsible) entre administraciones.
Si a todas estas evidencias añadimos que, incomprensiblemente (ya que desde mi punto de vista: Todas las fuentes son necesarias para asegurar un “mix energético” sostenible y competitivo en España), el ministro de industria se dedica, de cuando en cuando, a machacar a las renovables -haciendo afirmaciones como que: representan cerca de dos tercios del déficit tarifario y han sido las responsables de la subida del 5,7% del recibo de la luz aplicado en junio de 2009- creo que no puedo calificar de positiva la gestión que el Gobierno está llevando a cabo en el campo de la energía fotovoltaica. De hecho, reacciona siempre a impulsos, la usa como comodín para incidir sobre el déficit tarifario y, lo que es aún más decepcionante, carece de una visión (a largo plazo) para su desarrollo en España.
P. ¿Cree necesaria o urgente una reforma del actual marco retributivo operado por el Real Decreto 1578/08 de 26 de septiembre?
En caso afirmativo ¿Qué aspectos se deberían reformar?
R. Desde mi punto de vista, la consolidación del sector fotovoltaico requiere, como cualquier otro dentro del campo de la energía (proceda o no de fuente “renovable”), de un marco regulatorio estable que envíe mensajes inequívocos para que todas las partes (interesadas) puedan definir su estrategia, al menos, en el medio plazo (caso de ser ser posible durante la vida útil de las instalaciones).
Sin embargo, no sólo el RD 1578/2008 (que recoge una reducción de un 35% en las primas con respecto a las fijadas en el Decreto 661/2007), envía mensajes poco alentadores al sector fotovoltaico. En este sentido, la inversión en plantas fotovoltaicas ha sufrido un nuevo y duro revés al entender la Dirección General de Tributos que los paneles solares que conforman las instalaciones fotovoltaicas son bienes inmuebles, lo que significa que las inversiones que se realicen en sociedades de este tipo tendrán que tributar al 7% correspondiente al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (la clave de la tesis de Tributos es que al considerar como bien inmueble los paneles solares se debe aplicar el artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores, que obliga a pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en el caso de la transmisión de participaciones que confieran la mayoría de una sociedad que explote esta tecnología): Se trata, en principio, de un criterio aplicable también a otras instalaciones de energías renovables, como los parques eólicos. En resumen, un nuevo coste añadido que puede contribuir a frenar la actividad en el sector.
En consecuencia, no se trataría sólo de reformar el actual marco retributivo operado por el RD 1578/2008 (el cual debería, en todo caso, considerarse “provisional” y ser revisado en 2012), sino de potenciar un sector altamente competitivo y en el que España juega un papel predominante en el mundo.
A la hora de revisar el citado marco retributivo, debería tenerse en cuenta la posibilidad de aplicar más modelos que el de prima (variable) sobre el precio de la electricidad como, por ejemplo: añadiendo un suelo de ingresos (en este caso, acompañado de un límite de precios spot a partir del cual la prima se hace nula), o permitiendo la opción de elegir entre un esquema de precio fijo o un esquema de ingresos basados en el precio de mercado más una prima; con ello se reduciría sensiblemente la incertidumbre sobre la rentabilidad de los proyectos, generando un contexto más favorable para los inversores.
En su propuesta de pacto económico, el Gobierno atribuye a la solar un peso del 8% sobre el “mix de generación” en 2020 y calcula que esta fuente de energía pasará de los 4.165 megavatios (MW) actuales a 15.685 MW. Dentro de este objetivo, resulta prácticamente decisivo para el sector, que el Gobierno garantice la instalación de unos 500 MW fotovoltaicos anuales (algo que contempla la actual regulación), lo que permitirá evitar un estancamiento como el sufrido en 2009.
El sector fotovoltaico español no debe pararse y, para ello, cualquier revisión de primas (nunca con carácter retroactivo) tendría que traducirse en un incremento en el volumen de megavatios instalados y en una mayor calidad de los proyectos. Es en esta dirección que, considerando el marco regulatorio en su totalidad, se deberá actuar cuanto antes con el fin de poner en práctica esta nueva visión a tiempo de alcanzar los objetivos de sostenibilidad, competitividad y seguridad de suministro que España necesita.
Muchas gracias Antonio. Es meritorio tu interés y el conocimiento tan amplio que tienes del estado de la fotovoltaica, y esperamos que el Gobierno te escuche, aprenda, perciba la realidad del sector, y que apueste e invierta en él, y que cese de ver a la fotovoltaica como un gasto para el Estado, que es al menos la impresión que muchos de los profesionales del sector, perciben a diario.
Espero volver a verte pronto, y ver y analizar contigo, como se desarrollan los acontecimientos y la "amenaza" de reforma legislativa que esperemos sea para mejor y reactivar el sector,.... no para reencuadrarlo o encasillarlo y dejarlo en una porción minoritaria del Mix eléctrico, como ya se ha adelantado.
Para terminar y a colación de los contenidos y analisis de las respuestas de esta enriquecedora entrevista me gustaría destacar una frase que recientemente D. Juan Laso, como Presidente de la Asociación empresarial Fotovoltaica, AEF, pronunció refiriéndose a la fotovoltaica española señalando que "Nuestro Petróleo es el Sol". Creo que esa frase lo dice todo, y encierra los deseos e ilusiones de este sector por el que todos, día a día, apostamos.
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, presentó el documento para relevar la existencia y geolocalización de estaciones de carga.
El último consenso del grupo se produjo en 2021. El liderazgo del país también hizo viables compromisos para duplicar la tasa promedio global anual de mejoras en la eficiencia energética global.