Podemos hablar de inexistencia de Fraude en las plantas fotovoltaicas inspeccionadas por la CNE en la Comunidad Foral de Navarra. En este caso la Comunidad Autonoma, ha realizado una estupenda labor de control, impdiendo la existencia de fraude.
En Navarra de las inspecciones que la CNE práctico sólo una fue objeto de alarma dado que la instalación fotovoltaica no estaba conforme a la normativa por no contar con el acta de puesta en marcha en el momento de realizar la visita de inspección.
Por el Depto. de Innovación, empresa y empleo del Gobierno de Navarra, se informó a la CNE, que la instalación había tenido una doble tramitación: las instalaciones de generación, por un lado y la línea de evacuación y subestación, por otro.
De conformidad con la Orden Foral 258/2006 de 10 de Agosto, se recoge un procedimiento simplificado amparado en el artículo 5 del Real Decreto 661/2007 para las instalaciones no superiores a 100 kw.
En este caso el parque solar pertenecía a diferentes propietarios no superando éste los 100 kw.
El Depto. de Innovación, empresa y empleo del Gobierno de Navarra, contestó informando a la CNE y a la DGEyM sobre cual era el proceso de tramitación ya que no es el mismo que el estatal, por la sencilla razón de que Navarra fué pionera en la implantación de instalaciones fotovoltaicas conectadas a red “huertas solares” a finales de los 90 por lo que tuvo que diseñar el proceso de tramitación.
Declaración conjunta que firma los compromisos de los países para acelerar las acciones encaminadas a un mundo limpio, transición energética sostenible, justa y asequible.
Se presentó el portafolio de inversión para el sector energético con 14 proyectos que se sumaran a la producción de energías limpias.