¿Debo remitir por vía electrónica a la Dirección General de Política Energética y Minas una declaración responsable sobre las ayudas percibidas de mi instalación?
El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, establece en su disposición adicional segunda, apartado 3, que:
- Las instalaciones con derecho a la percepción de régimen económico primado a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, deberán presentar, por vía electrónica, en el plazo de seis meses desde la fecha de inscripción automática de las instalaciones en el registro de régimen retributivo específico que se determine de conformidad con la disposición transitoria primera.1, una declaración responsable sobre las ayudas percibidas hasta dicha fecha de acuerdo con el modelo establecido en el anexo VII.
- Deben presentar el documento de declaración responsable únicamente las instalaciones que hayan percibido ayudas, no siendo necesario que lo hagan aquellas instalaciones que no las han percibido.
Se alcanza acuerdo político provisional para aumentar la cuota de energías renovables en el consumo total de energía de la UE hasta el 42,5 % de aquí a 2030, con un complemento indicativo adicional del 2,5 % que permitiría alcanzar el 45 %.
La transición energética implica retos de innovación tecnológica y adaptación regulatoria. La integración masiva de renovables distribuidas, hibridación de tecnologías y la respuesta de la demanda son algunos de ellos.
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