En muchas compraventas de materiales fotovoltaicos es probable que el comprador se plantée o solicitar la resolución del contrato, bien reclamar posibles daños y perjuicios, o en su caso, ambas cosas.
Son muchas dudas que surgen a los productores fotovoltaicos en cuanto a los incumplimientos contractuales que se producen en los retrasos en las entregas de materiales totales o parciales por parte de fabricantes o distribuidores, o por ejemplo en casos de reposición de los materiales siniestrados.
En muchos casos esos retrasos no configuran un incumplimiento negocial, o una violación del contrato que exonere de pagar el precio, y la posibilidad de resolver el contrato de compraventa de materiales.
En este sentido es aplicable la doctrina legal surgida en torno a la mora en el cumplimiento de las obligaciones: el retraso puede llegar a conformar un incumplimiento resolutorio en los casos en que:
- la ejecución se hallase sujeta a término esencial,
- y también cuando la prestación haya devenido imposible por causa imputable al deudor, o
- su tardía realización impida el fin normal del contrato, frustrando las legítimas expectativas del acreedor, o
- evidencie en el deudor una deliberada voluntad obstativa al cumplimiento de la prestación debida.
Sin embargo cuando la misma sigue siendo posible y útil al acreedor, y la demora no revela una actitud obstativa al cumplimiento, la tardanza carece de trascendencia resolutoria, aun cuando la tenga indemnizatoria de los daños y perjuicios causados.
En este sentido se han pronunciado las sentencias del Tribunal Supremo de fecha 27 de octubre de 1986 , 29 de enero de 1991 , 10 de junio de 1996 , 5 de diciembre de 2002 , 25 de junio de 2009 etc, y la reciente de 25 de julio de 2012.
El nuevo récord de expansión de la capacidad instalada es de 5,7 GW, superando el hito de 2023, cuando se registraron 4,8 GW entre enero y junio.
El equipo técnico, conformado por los ministerio de Energía, Vivienda y la SEC, tiene como objetivo potenciar el desarrollo de la energía solar para el uso en el agua caliente sanitaria.