Hoy día 21 de junio a las 6 de la tarde, el Ministro de Industria se ha reunido con ASIF, APPA, y AEF para hacerles saber que quiere reducir el número de horas de Sol.
La reunión de hoy lunes 21 de junio, según los responsables de las Asociaciones ha sido repetición de la reunión del pasado miércoles 16 de junio, con la salvedad de que los ajustes a futuro los quiere hacer el Ministerio de Industria con el número de horas.
Como ya indicamos la semana pasada, el MITyC mantiene que según datos de la CNE la producción media ha sido de 2.000 horas en 2009 y lo que va de 2010, cuando debería de haber sido de 1.300, con lo que hay un exceso de horas de producción y un extracoste de 1.000 millones de euros que quieren recortar.
Por tanto, el MITyC, en base a esto afirma que NUNCA ha hablado de retroactividad, que lo que quiere hacer es modificar la producción fotovoltaica en base al PER 2005-2010.
Ahora lo que corresponde analizar desde el punto de vista jurídico y económico es la afección real que supone que esa rebaja de número de horas de cara a la producción e ingresos de la fotovoltaica en España.
Recordemos que el PER 2005-2010, no es una Ley, si no un documento planificado que ha pasado por las manos del Consejo de Ministro pero que no esta publicado en el BOE. Según la consultora legal especializada en energía fotovoltaica Promein Abogados, el PER 2005-2010 no tiene ningún efecto jurídico en el sector fotovoltaico, es una hoja de ruta pero sin la fuerza legal de obligar a los productores a estar y pasar por un número de horas reducido al real de la producción.
El dictamen jurídico y económico es de vital importancia para el futuro de las negociaciones de las Asociaciones, ya que el Ministerio de Industria, ha presentado esta propuesta sobre la mesa, sin presentar ningún tipo de papel, documento, o presentación sobre el tema que sustente tan descabezada posición.
Existe una propuesta de la Asociación de Productores APPA, que se encuentra firmada por ASIF y AEF que pretende que el coste de las renovables las asuman las energías convencionales, y especialmente los hidrocarburos. Y en esta línea quieren seguir las Asociaciones para evitar la injusta retroactividad fotovoltaica.
La respuesta del MITyC continúa siendo similar a la última reunión del pasado miércoles 16 de junio, quitarles parte del "pastel" a la fotovoltaica para reducir el déficit tarifario, y para ello, lo que pretende el MITyC es ahorrar durante el plazo de 3 años, 1000 millones de euros/año, justificándolo bajo la reducción del número de horas.
Asimismo el MITyC planteó, con el fin de reducir el deficit tarifario una moratoria de 3 años durante la cual no se pudieran instalar nuevos proyectos fotovoltaicos, propuesta que las Asociaciones rechazaron sin dudarlo, porque ello supondría el cierre de todo el tejido industrial creado hasta la fecha (ingenierías, fabricantes, distribuidores, etc.).
Las Asociaciones conjuntamente han manifestado que no es cierto que la fotovoltaica reciba contribuciones por encima del número de horas, a lo que el MITyC ha respondido que quieren que los productores fotovoltaicos se retribuyan conforme a "un número de horas que se determine " en base al PER 2005-2010, y el resto que vaya al pull de energía, a precio de mercado.
Se pudo percibir en la reunión que el MITyC, había convocado a las Asociaciones sin haber hecho los deberes ya que preguntó a los representantes de éstas, que le asesoraran sobre que dice el PER 2005-2010 al respecto,... Increíble pero cierto.
En el Plan de Energías Renovables 2005-2010, las horas equivalentes de funcionamiento de una instalación fotovoltaica sin seguidores, son 1.250 horas/año, y la de una instalación fotovoltaica con seguimiento solar es de 1.644 horas/año.
Parece que el MITyC desconoce que el número de horas de Sol anuales, por ejemplo en Huelva es superior a las que cuenta Galicia.
Esta reducción de la productividad según el Sr. Ministro no significa retroactividad, ya que afirma sin complejos ni titubeos que es LEGAL, y que lo único que deberían hacer los productores es refinanciar. A esto añade el Sr. Ministro que "Los bancos tienen que refinanciar los préstamos. Estamos seguros que a 25 años vista es una rentabilidad que se puede asumir."
Frente a esta inquietante postura del MITyC, Promein Abogados, defiende al productor fotovoltaico, señalando que los ingresos que éste percibe son el resultado de la suma de los diversos componentes que conjugan la ecuación tales como, rendimiento de las placas solares, número de horas de sol, eficiencia solar, múltiplicado todo ello por tarifa fotovoltaica. De este modo señala que cualquier reducción de la tarifa o del número de horas del sol, da lugar a que nos encontremos ante un supuesto de retroactividad impropia que atenta a los principios generales del derecho, y contraria a la Ley del Sector eléctrico. De conformidad con el artículo 30.4 de la Ley del Sector Eléctrico, para la determinación de las primas se tendrá en cuenta el nivel de tensión de entrega de la energía a la red, la contribución efectiva a la mejora del medio ambiente, al ahorro de energía primaria y a la eficiencia energética, la producción de calor útil económicamente justificable y los costes de inversión en que se haya incurrido, al efecto de conseguir unas tasas de rentabilidad razonables con referencia al coste del dinero en el mercado de capitales.
Como podemos ver los criterios que establece el citado artículo no justifican la reducción de la retribución fotovoltaica que hasta la fecha recibe el productor solar. Este es el argumento válido que debemos mantener frente al MITyC, con vistas a no tener que llegar a un procedimiento contencioso administrativo que solicite la nulidad del marco retributivo retroactivo.
Asimismo, y en relación a la última reunión mantenida con las Asociaciones, el MITyC continúa negando que en esa reunión se hablara de retroactividad, y que son los medios de prensa por motivos que aún desconocen quienes sorpresivamente los hemos comunicado.
Como podréis imaginar las Asociaciones APPA, ASIF y AEF, unidas, una vez más, se han mostrado contrarias a todas estas posturas retroactivas del Ministerio de Industria.
Desconocemos si el MITyC con este tipo de extrañas y equivocas intenciones lo que trata es de ganar tiempo para paralizar aún más la fotovoltaica... ¿Quién nos dice que su próximo planteamiento a las Asociaciones lo constituirá el pretender un nuevo impuesto o tasa a la producción fotovoltaica?
La consultora legal de Promein Abogados nos explica que se verían vulnerados los principios de buena fe, interdicción de la arbitrariedad y seguridad jurídica si se aplica el nuevo Real Decreto con retroactividad.
Hoy día 16 de junio a las 11 de la mañana, el Secretario de Estado de Energía se ha reunido con ASIF, APPA, y AEF para hacerles saber su tijeretazo previsto de la retroactividad fotovoltaica del RD. 661/07