Tres tipos de deducciones estatales, además de otras adicionales en seis diferentes CC.AA. para bonificar inversiones relacionadas con mejoras en la eficiencia energética, vehículos eléctricos y autoconsumo con renovables.
Recién ha comenzado este pasado miércoles seis de junio la campaña de presentación del Impuesto sobre la Renta a través de internet, y se prolongará hasta el último día del mes de junio próximo.
En el ejercicio de referencia 2021, y en relación a deducciones Estatales destacan las que tienen que ver con la energía, bonificando inversiones que reduzcan el grado de dependencia para satisfacer necesidades, a la vez que están contribuyendo a la mejora medioambiental.
Para ello, el recientemente aprobado Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre ha modificado la Ley del IRPF introduciendo tres bonificaciones en la cuota íntegra estatal para viviendas, supeditadas a acreditar su impacto en el certificado de eficienca energética.
Dichas bonificaciones habrán de aplicarse en el ejercicio en que se lleven a cabo y su pago habrá de ser satisfecho, a quienes las realizan o expidan certificados, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas bancarias.
No se incluyen en cantidades deducibles los costes relativos a la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil.
Hasta un 20% por obras para mejora de vivienda habitual o arrendada, sobre importes invertidos desde RD19/2021, desde el 6 de octubre 2021 y hasta 31 de diciembre de 2022.
Su base máxima de deducción no puede exceder de 5.000 euros anuales y deben contribuir a reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración, lo cual deberá quedar reflejado en el certificado de eficiencia energética de la vivienda.
No resulta aplicable a segundas residencias, plazas de garaje, trasteros ni otros elementos, como zonas recreativas o deportivas, ni incluye costes de equipos que utilicen combustibles fósiles.
Deducibles hasta un 40% los importes satisfechos por este concepto en obras desde 6-10-2021 hasta 31-12-2022.
Su base máxima de deducción no podrá ser superior a 7.500 €/año, debiendo contribuir a reducir como mínimo un 30% el consumo de energía primaria no renovable.
Habrá de acreditarse su objeto y realización obteniendo una clase energética ‘A’ o ‘B’ en el certificado de eficiencia al final de obras, mejorando la calificación del certificado previo a las mismas.
No resulta aplicable a segundas residencias, plazas de garaje, trasteros ni otros elementos, como zonas recreativas o deportivas.
Puede acogerse todo tipo de viviendas en propiedad, salvo las afectas a actividades económicas. Se asimilan a viviendas las plazas de garaje y trasteros adquiridos conjuntamente.
Resultan deducibles hasta un 60% los importes satisfechos en obras desde 6-10-2021 hasta 31-12-2023 de las obras realizadas por la Comunidades de Propietarios.
Con una base máxima anual por declaración de 5.000 euros y plurianual acumulada hasta 15.000 Euros, dicha base individualizada será el resultado de aplicar a las cantidades satisfechas por la comunidad el coeficiente de participación que el contribuyente tuviese en la misma.
Habrán alcanzar reducción de al menos un 30% del indicador de consumo de energía primaria no renovable y acreditarse obteniendo una clase energética ‘A’ o ‘B’ en el certificado de eficiencia al final de obras, mejorando la calificación de certificado previo a las mismas.
En cuanto a deducciones de las Comunidades Autónomas, son las siguientes:
Asturias:
Canarias
La Rioja
Comunidad Valenciana
Navarra:
En este video te explico qué impuestos tiene que pagar el propietarios si firma un contrato de arrendamiento o derecho de superficie para instalar placas solares o un parque solar fotovoltaico.