Las subvenciones reguladas en esta convocatoria por Orden EYE/2388/2009, de 23 de diciembretienen por objeto actuaciones en materia de solar térmica, energía solar fotovoltaica no conectada a red y energía eólico-fotovoltaica.
Se convocan, las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de energía solar térmica, energía solar fotovoltaica no conectada a red y energía eólico-fotovoltaica no conectada a red, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, resolviéndose las solicitudes por el orden de presentación, desde que el expediente esté completo, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos.
Podrán ser beneficiarios:
a) Entidades Locales.
b) Comunidades de Propietarios.
c) Universidades.
d) Entidades o Asociaciones sin ánimo de lucro.
e) Particulares.
f) Empresas, incluyendo las Empresas de Servicios Energéticos, en este caso únicamente para las líneas EST 3, EST 4, EST 5 y EST 6.
g) Trabajadores por cuenta propia agrarios.
h) Asociaciones de empresas.
Financiación.
a) El gasto se financiará con cargo a las aplicaciones y en las cuantías que se indican a continuación, del ejercicio presupuestario 2010.
2. La asignación del gasto queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su cobertura en los Presupuestos Generales para el ejercicio 2010.
3. Los créditos asignados a esta convocatoria podrán ser modificados, previa la oportuna tramitación.
4. Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2010 serán de aplicación a la presente convocatoria en el momento de su entrada en vigor.
5. Esta línea de subvenciones podrá ser cofinanciada en parte con fondos FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional), siendo el porcentaje de financiación europea en ese caso el 70%.
La Comunidad Autónoma de Castilla y León viene desarrollando políticas para la promoción del ahorro energético y de las energías renovables desde hace varios años. Estas políticas se han materializado en distintos Planes, así se pueden citar el Plan de Ahorro y Eficiencia Energética, el Plan Solar y el Plan Eólico.
Todos estos Planes, en su ámbito de aplicación, prevén una serie de actuaciones para promover la renovación o sustitución de instalaciones poco eficientes o para promover la instalación de equipos e instalaciones que aprovechen las energías renovables, todo ello, con un objetivo claro, reducir nuestra dependencia externa en el aprovisionamiento energético y ser más respetuosos con el medio ambiente.
Por otro lado, el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía y empleo ha sido aprobado, al amparo de lo dispuesto con carácter básico en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 de la Ley de Subvenciones de Castilla y León, mediante Orden de 26 de enero de 2009.
A nivel nacional, el Gobierno de España, ha aprobado un importante documento que recoge las actuaciones a llevar a cabo y marca la dirección a seguir en materia de energías renovables, denominado Plan de Energías Renovables 2005-2010, actualización del Plan de Fomento de Energías Renovables, con fecha 26 de agosto de 2005.
Uno de los sectores de actuación previstos en el mencionado documento, es precisamente el apoyo económico vía subvenciones para promover la realización de inversiones en Energía Solar, con el objetivo de reducir el consumo de energía y/o aumentar la eficiencia energética.
La política recogida a nivel nacional se concreta en el Convenio de colaboración para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público contempladas en el Plan de Energías Renovables, firmado el 29 de septiembre de 2009, cuyo documento de desarrollo, el Plan de Trabajo, prevé una aplicación de 2.787.000 € a las medidas en materia de Energías Renovables.
Castilla y León es una Comunidad Autónoma cuyo potencial en materia de energía solar es muy importante, observándose que el crecimiento de su uso y aplicación, se ha visto claramente reforzado con el desarrollo de políticas de apoyo económico vía subvenciones aprobadas en cada ejercicio por la Junta de Castilla y León, desde hace más de 15 años.
Con la publicación de la Orden de convocatoria de subvenciones para la realización de inversiones en energía solar térmica, energía solar fotovoltaica no conectada a red y energía eólico-fotovoltaica no conectada a red, se contribuye al cumplimiento de los compromisos de Kyoto, y se aseguran incentivos para dar entrada a nuevos agentes como son las Empresas de Servicios Energéticos.
Esta Orden va dirigida tanto a Entidades Locales, como a comunidades de propietarios, asociaciones, personas físicas, empresas y universidades, si bien, aunque cuando los beneficiarios sean entidades que tengan la condición de empresa según las Directrices de la Unión Europea, habría que obtener la compatibilidad de las ayudas convocadas por la presente Orden, a tenor de lo dispuesto en los artículos 87 y 88 del Tratado, no es preciso llevar a cabo este trámite pues este tipo de actuaciones se han incluido en el Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión de 6 de agosto de 2008, (fecha de publicación en el DO L 214 de 09/08/2008) por el que se determinan categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) y por tanto, ya han sido declaradas compatibles con el mercado común.
En la presente Orden se cumplen las circunstancias previstas en el artículo 3 de la Orden HAC/1430/2003, de 3 de noviembre, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto.
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En el marco del Plan de Recuperación, Transición y Resiliencia (PRTR), el 19 de diciembre de 2022 se abre plazo de presentación de solicitudes a dos nuevas convocatorias de ayudas: 3ª y 4ª, que finalizará a las 12:00 horas del 13 de febrero de 2023.
Se incentivarán proyectos de desarrollo tecnológico y experiencias innovadoras en movilidad eléctrica que sirvan para promover el salto tecnológico hacia el vehículo eléctrico y de pila de combustible.