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La CNMC incoa un expediente sancionador en el mercado de fabricantes y/o distribuidoras de cables eléctricos.

8-3-16. Carlos Mateu
martes, 8 marzo 2016.
Carlos Mateu
La CNMC incoa un expediente sancionador en el mercado de fabricantes y/o distribuidoras de cables eléctricos.
La CNMC analiza posibles conductas anticompetitivas que consistirían en la fijación de precios y condiciones comerciales y el reparto de contratos en el marco de licitaciones convocadas en el territorio español.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador contra la Asociación Española de fabricantes de cables y conductores eléctricos y de fibra óptica (FACEL) y las empresas Amara, S.A. y su matriz Iberdrola, S.A., Cabelte Incasa Industria Navarra de Cables, S.A. y su matriz Cabelte – Cabos Eléctricos e Telefonicos, S.A., Comaple, S.L. y su matriz Oteinver, S.L., Grupo General Cable Sistemas, S.L. y su matriz General Cable Holdings Spain, S.L.,  Miguélez, S.L. y su matriz Grupo Miguélez, S.L., Negocios Industriales y Comerciales, S.A. (NICSA) y su matriz Abengoa S.A., Productos Eléctricos Industriales, S.A., Prysmian Spain, S.A. y su matriz Draka Holding S.L. y Top Cable, S.A., por posibles prácticas restrictivas de la competencia en el mercado de fabricación, y/o distribución de cables eléctricos de baja y media tensión. Consistirían en la fijación de precios y condiciones comerciales, así como en el reparto de contratos en el marco de licitaciones convocadas en el territorio español.
 
La CNMC inspeccionó en julio de 2015 las sedes de varias empresas y de una asociación del sector de la distribución y venta de cables eléctricos de baja y media tensión. Tras estas actuaciones, se han observado indicios de la comisión de una infracción prohibida en el artículo 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
 
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

La investigación de los cárteles constituye  una de las prioridades de actuación de la nueva CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados.
 
Para ello se cuenta, entre otros, con el Programa de Clemencia que permite a las empresas que forman parte de un cártel  beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección.
 
 

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