Hasta el próximo día 21 de junio de 2012, los ciudadanos españoles podrán opinar sobre los pagos de capacidad en el sector eléctrico.
Según la Orden ITC/3127/2011 el Ministerio de Industria, Energía y Turismo debe aprobar un nuevo mecanismo de pagos por capacidad para las instalaciones de generación de energía eléctrica y para ello se habilita a la CNE para elaborar una propuesta de pagos por capacidad.
Para poder efectuarla, se considera conveniente la realización de una consulta pública, para que los agentes generadores y los consumidores puedan dar su opinión sobre la forma de proveer al sistema eléctrico del servicio de potencia firme en un horizonte de medio y de largo plazo. Cabe recordar que el coste del servicio de pagos por capacidad en 2012 asciende a 842 M€, repartidos en 191 M€ al pago por disponibilidad y 651 M€ como incentivo a la inversión.
En primer lugar, se pregunta si este servicio se debería proveer mediante un único producto o si, por el contrario, sería conveniente una diferenciación en dos, como en la regulación actual, uno para asegurar una capacidad instalada suficiente en el largo plazo (incentivo a la inversión), y otro para asegurar una cierta disponibilidad de potencia en el medio plazo y en los momentos de mayor demanda o de mayores precios en el mercado (pago por disponibilidad).
También se solicitan opiniones sobre los sujetos que podrían proveer estos servicios, los mecanismos y criterios para su adjudicación y fijación del precio del producto (mediante un sistema de subastas o mediante pagos regulados) y se pregunta por las obligaciones que adquieren los sujetos adjudicatarios y por el periodo de compromiso. A continuación, se consulta sobre las penalizaciones que habría que imponer en el caso en que no se facilite el servicio comprometido, y finalmente, sobre cómo determinar la demanda del servicio.
Agentes y consumidores tendrán de plazo hasta el 21 de junio de 2012 para hacer llegar sus propuestas. Las respuestas recibidas se harán públicas, salvo que se indique lo contrario y la parte confidencial se explicite de forma separada en un anexo.
Pinche aquí para descargar el documento de consulta pública.
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