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El Consejo de Ministros aprueba Real Decreto Ley que establece un nuevo mecanismo de financiación del bono social de electricidad.

24-12-16. Minetad
sábado, 24 diciembre 2016.
Minetad
El Consejo de Ministros aprueba Real Decreto Ley que establece un nuevo mecanismo de financiación del bono social de electricidad.
El bono social supone un descuento del 25% en la factura final de electricidad y pueden acogerse a él los consumidores más vulnerables.

23.12.16. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto Ley que establece un nuevo mecanismo de financiación del bono social de electricidad, así como diversas medidas de protección para los consumidores vulnerables.

Bono social

El bono social supone un descuento del 25% en la factura final de electricidad y pueden acogerse a él los consumidores más vulnerables, un colectivo que actualmente incluye a las familias con todos sus miembros en situación de desempleo, a los perceptores de pensiones mínimas, a las familias numerosas y a los consumidores con potencia contratada inferior a 3 kilovatios. Actualmente existen 2,4 millones de hogares acogidos al bono social.

Debido a una reciente sentencia del Tribunal Supremo, la financiación del bono social había quedado invalidada, aunque los consumidores vulnerables podían continuar acogiéndose al mismo.

Con este Real Decreto Ley se restablece la financiación del bono social que será asumido por las comercializadoras de energía eléctrica.


Prohibición del corte de suministro

La norma establece que no podrá suspenderse el suministro eléctrico a los consumidores en situación de especial vulnerabilidad que estén siendo atendidos por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.

Actualmente la Ley del Sector Eléctrico ya contempla una serie de suministros considerados esenciales a los que en ningún caso podría suspenderse el suministro eléctrico (cárceles, hospitales, etc.). Con esta medida se pasa a incluir también a los consumidores en situación de vulnerabilidad severa. Se establece asimismo que las comercializadoras eléctricas cofinanciarán una parte de los gastos que las administraciones competentes estén ya realizando para atender a estos consumidores.


Otras medidas de protección

Se amplía de dos a cuatro meses el plazo para suspender el suministro a determinados grupos de consumidores vulnerables en caso de impago.

Se da un mandato al Gobierno para que, en el plazo de tres meses, desarrolle la normativa necesaria para establecer los términos y condiciones de aplicación de estas medidas de protección al consumidor, así como para impulsar medidas de protección y de mejora de la transparencia en la contratación del suministro de los consumidores vulnerables.

Texto del Real Decreto
Fichero Pdf

www.minetad.gob.es

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