El pasado día 14 de junio entró en vigor la Orden FYM/611/2018, de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al alquiler de vivienda y a la Rehabilitación de Edificios y Viviendas.
De conformidad a la Orden FYM/611/2018, de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al alquiler de vivienda y a la Rehabilitación de Edificios y Viviendas, para el período 2018-2021, se considerarán actuaciones subvencionables para la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de las viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, las siguientes:
La instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar fotovoltaica, biomasa o geotermia que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica de la vivienda. Incluirá la instalación de cualquier tecnología, sistema, o equipo de energía renovable, como paneles solares térmicos y soluciones integrales de aerotermia para climatización y agua caliente sanitaria, a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por la vivienda, o la producción de agua caliente para las instalaciones de climatización.
En la liquidación 7/2023 del sector eléctrico se ha producido una desviación transitoria entre ingresos y costes de +2.107,1 millones de euros. En el sector gasista, el total de ingresos liquidables son un 9,5 % inferiores a los del año anterior.
Las víctimas de la inseguridad jurídica: 65.000 familias españolas que invirtieron creyendo en la Ley publicada en BOE continúan 13 años después sin ver reparada la injusticia que padecen.