Vecinos del mastodóntico rascacielos celebran la decisión judicial que les libera de una proyección de sombras que, entre otros perjuicios, viene causando el incremento de su consumo eléctrico.
Millares de afectad@s entorno al altísimo acristalado han valorado la decisión del Alto Tribunal que ha estimado en su veredicto razonado que el edificio ha venido cumpliendo primordialmente un objeto publicitario, colonizando la panorámica mediante su estilo globalizante y desplazando de las postales los modelos arquitectónicos de arraigo cultural autóctono.
También consideran los juzgadores la existencia de interés espurio en la sustracción de la luz solar natural, habiendo relegado a sus vecinos a la condición de adláteres a su preeminencia eclipsante y obligándoles al incremento en sus consumos eléctricos para compensar la deliberada falta. Estimándose que directamente derivado de este hecho el causante además ha obtenido el beneficio del consiguiente incremento en la facturación que a los mismos perjudicados viene realizando.
Así, un área de barrido descrita por un radio que oscila desde los 15 mts. a los 1800 mts. -dependiendo de la estación del año y de la hora del día- viene manteniendo sumidos en intermitente penumbra a particulares y empresas residentes en torno a la Torre del gigante energético en la capital vizcaína.
El rascacielos de 165 mts. se inauguró en el año 2012, siendo el edificio más alto actualmente de Euskadi y presumiendo en su propia web de servir para que quien lo visite tenga la sensación de poner Bilbao a sus pies .
Desde la regia inauguración, los propietarios de edificios residenciales de barriadas próximas que habían comprado "piso soleado", o "con buenas vistas" se han visto perjudicados por el emergido obstáculo de 50.000 m2 sobre rasante que, además de sustraer la luz y calor, obstaculiza con su mole la circulación del aire.
De la siniestralidad laboral en comercios de proximidad en la zona y empresas diversas, así como de residentes, puede dar cuenta la Seguridad Social, que viene acusando el incremento de bajas médicas por depresión ante la imposición de tal monstruoso obstáculo que roba el horizonte y castiga al resto de habitantes a la sombra; además de ocasionar costosas medidas de seguridad pública para la protección del icónico objetivo de servicios privados.
Entre las pruebas ha sido valorada especialmente la pericial aportada por el testimonio de reputado equipo colegiado experto en psicología aplicada, que considera más que significativa la falta de aparición del Sol en las fotografías que públicamente se difunden con la Torre de autos, estimando un daño irreparable la subliminal sustitución en el firmamento y usurpación del horizonte.
Así mismo, los juristas han considerado legítima la argumentación de l@s afectad@s, entendiendo que ha quedado cercenado su derecho a la instalación de captadores solares que permitan el autoconsumo fotovoltaico, pues el monumento publicitario del gigante energético que tapona el cielo es propiedad de los mismos que pretenden venderles la electricidad del Sol expropiado a precio de su mercado.
Por último, el Superior Tribunal, considera ...
¡INOCENTE !
felicitando a todos los Santos Inocentes en el día de hoy 28-12.
Recientes investigaciones avanzadas sobre la captación de energía reflejada por cuerpos celestes alternativos al Sol, han permitido situar la tecnología en el umbral del aprovechamiento fotovoltaico de diversas longitudes de onda emitidas o reflejas.