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Recargo del 20% para Comunidades de Propietari@s y PYMES -salvo microempresas- que no abandonen el PVPC antes de fin de año

26-10-23. Redacción
jueves, 26 octubre 2023.
Redacción
Recargo del 20% para Comunidades de Propietari@s y PYMES -salvo microempresas- que no abandonen el PVPC antes de fin de año
El RD 446/2023, de 13 de junio limita la contratación de tarifa regulada a personas físicas y a empresas que ocupen a menos de 10 personas. En otro caso se habrá de contratar el suministro eléctrico con Comercializadoras del Mercado Libre.

Tras la legislación adecuada para paliar los efectos de la crisis energética, entre otras circunstancias ha quedado aprobada en junio la reformulación del ámbito subjetivo del PVPC, que lo circunscribe a consumidores domésticos y microempresas dado que la redacción original normativa no preveía ninguna restricción en torno al tamaño de la empresa que podía acogerse al PVPC.

Así, la modificación del regimen jurídico de contratación se produce sobre el Artículo 4. Apartado 1, letra 4 del anteriormente vigente Real Decreto 216/2014, que queda modificado según el citado Real Decreto 446/2023 con el siguiente nuevo redactado:

"Podrán acogerse a los precios voluntarios para el pequeño consumidor, los titulares de los puntos de suministro, que sean personas físicas o microempresas, efectuados a tensiones no superiores a 1 kV y con potencia contratada menor o igual a 10 kW en cada uno de los periodos horarios existentes."

De tal forma, las personas jurídicas, tales que empresas, autónomos o comunidades de propietari@s que mantienen contrato con las Comercializadoras de Último Recurso para la tarifa regulada de electricidad, están recibiendo comunicaciones advirtiendo del próximo cambio de condiciones por imperativo legal.

Así, lo explica el/la legislador/a en el Anexo del Real Decreto 446/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo estableciendo la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación en los siguientes términos

Modelo de nota informativa a remitir por los comercializadores de referencia a los consumidores acogidos a Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor

A partir del 1 de enero de 2024, el PVPC solo será aplicable a consumidores personas físicas y microempresas, de acuerdo con la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE.

Todas las empresas que quieran continuar con el PVPC al vencimiento de su contrato actual deberán acreditar su condición de microempresa según el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, mediante la presentación de declaración responsable ante su empresa comercializadora.

A estos efectos, el anexo III del Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, ha aprobado un modelo de declaración responsable.

( Microempresa según Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 Art. 2. 3 ". En la categoría de las PYME, se define microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones EUR."
 

En el caso de no quedar acreditada dicha condición de pequeña empresa y que el consumidor no inste el cambio de Comercializadora, el contrato quedará automáticamente prorrogado hasta su finalización; si bien habrn de asumir un incremento del 20% en sus facturas como penalización.

Comunidades de Propietarios

En el caso de las Comunidades de Propietarios, la situación se complica, por cuanto la perentoriedad de haber de cambiar al Mercado Libre de la Electricidad se suma a la finalización de la vigencia de la TUR para esta entidades, por lo que también deben considerar el cambio a otra comercializadora del mercado libre de gas

Para estos consumidores, de no cursar baja en el mercado regulado, se mantendrá transitoriamente por un año el vínculo contractual pero sufrirán los siguientes recargos:

  • PVPC - Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor del mercado eléctrico: 20% tanto en término fijo como en variable.
    En este momento, por parte de Organizaciones de Consumidores, como OCU, se reivindica en este momento la equiparación de esta tipología a la de particulares.
     
  • TUR -Tarifa de Último Recurso- para el gas: 20% para la energía consumida.
    Igualmente se está reclamando la prórroga de esta posibilidad para las Comunidades de Propietarios, cuyo límite de  50.000 kW al año fue provisionalmente ampliado para paliar los efectos de la crisis energética devenida por la Guerra en Ucrania.

Incluimos AVISO remitido por una Comercializadora PVPC donde puede apreciarse el tono comunicativo.

Aviso de Comercializadora Fin de PVPC o penalización

¿Y ahora qué hacer?

Nos ponemos al habla desde esta redacción con Jorge Morales de Labra, reconocido experto en mercados de energía, quien agrega una necesaria perspectiva de continuidad.

En su opinión, ha de tenerse en cuenta que el PVPC no solo cambia en este tema de la aplicación a las microempresas, sino que introduce gradualmente referencias de los mercados de futuros en su precio, por lo que previsiblemente va a dejar de ser la tarifa más barata a largo plazo como hasta ahora.

Puntualiza el ejecutivo de Próxima Energía: "Creo que es un buen momento para todos (particulares y empresas) plantearse el cambio a otras tarifas. Ciertamente, a los consumidores con Bono Social que no tengan paneles solares (el tema de los autoconsumidores con PVPC, es más complejo y podemos comentarlo aparte) les seguirá mereciendo la pena el PVPC porque el descuento posterior compensará el encarecimiento por los mercados de futuros, pero los otros pueden encontrar mejores ofertas en el mercado libre.

Nosotros, por ejemplo, hemos decidido mantener nuestra tarifa cristalina tanto para particulares como para empresas que está 100% indexada al mercado de contado (como el PVPC hasta ahora) en el convencimiento de que a largo plazo seguirá siendo la más barata.

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